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Anuncian investigaciones a 37 empresas del transporte de carga

Esas empresas habrían vulnerado el régimen de costos de operación y el suministro de información.

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Actualizado:
Miércoles, Junio 17, 2020 - 15:31
Tractomulas
Colprensa

El superintendente de Transporte, Camilo Pabón, reveló que esa entidad abrió investigaciones y formuló cargos contra 37 empresas transportadoras de carga, por incurrir en conductas que presuntamente vulneran el régimen de costos eficientes de operación y el suministro de información ante los organismos de control, en el marco de la pandemia.

El funcionario indicó que en caso de que las compañías sean halladas responsables, podrían ser multada hasta con 700 salarios mínimos mensuales legales vigentes, por cada uno de los cargos imputados.  

“El régimen de relaciones económicas en el transporte terrestre automotor de carga, impacta de manera trasversal a todos los actores de la cadena, por lo que esta Superintendencia vigilará el cumplimiento de la normatividad, sin perjuicio de las competencias judiciales para los reclamos particulares en cada caso”, señaló Pabón. 

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El superintendente reveló que los cargos imputados a diez empresas de servicio público de transporte terrestre automotor de carga, fueron formulados "debido a que no se estaría garantizando la simetría de las relaciones económicas en la cadena de transporte, al presuntamente pagar por debajo de los de costos eficientes de operación". 

Contras las otras 27 empresas también se formuló pliego de cargos "al encontrar material probatorio que permitiría establecer el presunto incumplimiento en relación a no expedición y reporte de manifiestos de carga ante la plataforma del RNDC, no enviar los programas de control y seguimiento a las infracciones de tránsito de los conductores a través de la plataforma VIGIA e incurrir en una cesación injustificada de actividades".   

De acuerdo con el funcionario, en caso de ser halladas responsables por cada cargo, "las empresas podrían ser multadas hasta con 700s salarios mínimos mensuales legales vigentes. Sin embargo, para el caso en específico del Reporte del Control de Infracciones de Conductores, procede la multa establecida en el Código Nacional de Tránsito que corresponde a cien salarios mínimos legales mensuales vigentes".  

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Pabón advirtió además que "en el caso de comprobarse la injustificada cesación de actividades por parte de la empresa transportadora, se podría llegar a la cancelación de la habilitación otorgada por el Ministerio de Transporte".  

Ante estos hechos, la Superintendencia de Transporte anunció que dio inicio a una campaña de verificación de operaciones, en las que se pudo haber infringido el régimen de relaciones económicas y el cumplimiento de los tiempos de cargue y descargue. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información