Distrito explica qué son los gestores del orden en Bogotá y cuáles serán sus funciones

César Restrepo, secretario distrital de Seguridad, aseguró que los gestores del orden en Bogotá no reemplazarán a la Policía.

El secretario de Seguridad de Bogotá, César Restrepo, explicó en entrevista con La FM el funcionamiento de los nuevos gestores del orden y las restricciones legales que enfrentan las autoridades en el manejo de disturbios y manifestaciones.

¿Qué funciones tendrán los gestores del orden en Bogotá?

Restrepo señaló que los gestores del orden son una innovación diseñada para fortalecer la convivencia en la ciudad. “La Constitución no permite a las entidades locales crear unidades operativas con funciones de policía. Eso solo es potestad del Gobierno nacional”, afirmó. Por esta razón, explicó que se optó por una figura que actúe como articulador en el espacio público, anticipando riesgos y facilitando la coordinación con la Policía Metropolitana.

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El funcionario agregó que la tarea principal será la observación y detección temprana de dinámicas urbanas que puedan derivar en problemas de seguridad o convivencia. “Lo que trabajamos fue en el diseño de una capacidad operativa dentro del ámbito local para contribuir a la convivencia a partir de la identificación anticipativa de riesgos”, indicó.

Restrepo aclaró que esta figura no es completamente nueva. “Yo tengo un grupo que llaman los gestores de convivencia, que están siempre en situaciones complejas. Los gestores del orden no van a hacer eso”, dijo. Según el secretario, en 21 meses de trabajo con gestores de convivencia solo se han registrado tres casos de personas afectadas en disturbios, lo que atribuyó a su capacitación para evitar riesgos directos.

¿Por qué la Policía no actúa de inmediato en disturbios?

El secretario explicó que la actuación de la UNDMO (antes ESMAD) está limitada por un marco jurídico que regula el uso de la fuerza. “Yo podría tener aquí 10.000 UNDMOS disponibles, pero si el marco jurídico me define que hay unos habilitantes del uso de la fuerza, solo puedo habilitarla cuando estos ocurran”, señaló. Entre estos habilitantes mencionó el bloqueo prolongado, la violencia directa contra personas y los actos destructivos contra infraestructura.

Restrepo recordó que existen normas como los decretos 003 de 2021, 050 de nivel nacional, 053 de 2023 en Bogotá y la resolución 1190 de 2018, que determinan los protocolos de actuación. “La ley colombiana no permite actuar fuera de esos parámetros”, insistió.

En relación con las críticas sobre la falta de intervención, explicó: “Desde que se fue la manifestación a la calle la UNDMO estuvo permanentemente monitoreando. Había tanquetas, había miembros, había gestores, pero no se configuraron los habilitantes legales para intervenir”.

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Sobre el tema de las capuchas, Restrepo enfatizó que su uso “tampoco está prohibido en Colombia”, aunque reconoció que generan intimidación en el espacio público. Frente a los grafitis, añadió que el marco jurídico y sentencias de la Corte “amparan el grafiteo” en ciertas circunstancias, por lo que no siempre es considerado un acto destructivo.

El secretario reiteró que la Policía tiene voluntad de trabajo, pero se ha visto limitada por las normas. “Durante los últimos años a la Policía se le ha debilitado en las normas y se le ha dado una ventaja a individuos con comportamientos delincuenciales o incívicos”, sostuvo. Concluyó que es necesario que las leyes “respondan a la realidad de estos eventos” para garantizar la protección de todos los ciudadanos.


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