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Autorizan a dos empresas para alquiler de patinetas y bicicletas en Bogotá, durante la pandemia

Más de 5.000 patinetas podrán prestar el servicio de movilidad alternativo.

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Junio 5, 2020 - 16:18
Patinetas eléctricas
Distrito finalmente publicó el borrador del Decreto para regularlas.
AFP

La Secretaría de Movilidad dio a conocer que otorgó permisos temporales de alquiler de bicicletas y patinetas, a las empresas Grin y Muvo, en medio de la cuarentena en Bogotá

Estas autorizaciones permiten que las dos empresas puedan prestar el servicio de alquiler de 5.000 patinetas y 3.000 bicicletas en el espacio público, al haber cumplido con los requisitos para recibir el permiso.

“Estos permisos se otorgaron para ofrecerle a los bogotanos una oferta de transporte individual que contribuya a prevenir el contagio del Covid-19. De igual forma, las autorizaciones están alineadas con las metas del nuevo Plan Distrital de Desarrollo, con un uso adecuado del espacio público y facilitando la interconexión con el sistema integrado de transporte público”, señaló el distrito a través de comunicado. 

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Añadió que, “a mediados del mes de mayo, y teniendo en cuenta la reactivación gradual de varios sectores de la economía, se abrió la posibilidad de otorgar permisos temporales en el marco del estado de calamidad pública, sin ningún costo para las empresas. Los primeros permisos fueron otorgados a Grin y Muvo, y se espera contar con la participación de más empresas”.

Así las cosas, a cada empresa se le exigió constituir pólizas para cubrir, tanto usuarios como terceros. También deberán proporcionar a sus clientes información sobre el uso adecuado y seguro de los vehículos de micromovilidad.

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 “Todos los vehículos de micromovilidad deben tener, como mínimo, freno, timbre, luz blanca delantera, luz roja trasera, pie de apoyo, dispositivo para su geolocalización (GPS) y número único de identificación visible", informó.

Apuntó que "el estacionamiento de estos vehículos se podrá realizar únicamente en vías locales o intermedias sobre las que no circule transporte público, ubicándolos sobre la calzada y en fila única, uno detrás de otro, a no más de 30 cm del bordillo o andén”.

Fuente:
Sistema Integrado de Información