Buscan tumbar decreto que regula uso de la fuerza en protestas

Según los argumentos presentados en la acción judicial, la protesta no se puede regular a través de un decreto.
Violentas protestas en Bogotá por muerte de Javier Ordóñez
Crédito: Inaldo Pérez - Sistema Integrado Digital

En cumplimiento de una sentencia de la Corte Suprema de Justicia, el Gobierno Nacional emitió en los primeros días de enero de este año, un decreto con el cual se pretende regular el uso de la fuerza durante las jornadas de protesta que se organicen en el país.

Se trata de un protocolo para garantizar que no se presenten abusos de parte de las autoridades antes, durante y después las movilizaciones ciudadanas, que se organizan en territorio colombiano.

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Sin embargo, a través de una demanda que es impulsada en la Corte Constitucional, un grupo de ciudadanos busca tumbar esta norma al considerar que la misma va en contra de la legislación colombiana.

Según los argumentos presentados en la acción judicial, la protesta no se puede regular a través de un decreto expedido por el Gobierno.

Los demandantes señalan que como la protesta social es un derecho consagrado en la Constitución Política de Colombia en su artículo 37, la única manera de regularlo es a través de una ley estatutaria que se tramite en el Congreso de la República.

Precisamente, en el Senado comenzó el estudio de un proyecto de autoría del senador Juan Diego Gómez, con el cual se busca garantizar el derecho a la manifestación pacífica.

En la iniciativa se plantean una serie de medidas encaminadas a evitar que se presenten hechos de violencia durante las protestas, pero también para controlar el accionar de la Fuerza Pública y evitar abusos de autoridad.

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Uno de los puntos cruciales de este proyecto de ley es el que prohíbe la presencia de 'encapuchados' o cualquier otro elemento que impida la identificación de los manifestantes.

La propuesta ya tiene ponencia para primer debate y se espera que la discusión pueda comenzar en marzo, cuando el Congreso retome las sesiones ordinarias.


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