Millonarias sanciones a Audifarma y a Sumiprocesos por irregularidades en la entrega de medicamentos

En el último año, el 18% del total de reclamos registrados fueron por la negación de medicamentos y/o dispositivos médicos.
Audifarma
La Superintendencia de Salud confirmó la auditoría a las bodegas de Audifarma tras la solicitud que realizó el presidente Petro en la mañana Crédito: Audifarma

La Superintendencia Nacional de Salud sancionó a los gestores farmacéuticos Audifarma y Sumiprocesos, por no cumplir sus deberes con los afiliados al sistema de salud, como la entrega oportuna y completa de medicamentos.

La entidad tomó la decisión de imponer sanciones de 230 salarios mínimos mensuales vigentes a Audifarma y 250 salarios a Sumiprocesos, tras indicar que esos gestores no cumplieron con las directrices relacionadas con la dispensación de medicamentos y/o dispositivos médicos, además de la negación a reportar información relevante para determinar el impacto de su incumplimiento.

“Existe un vacío jurídico por la falta de reglamentación de los gestores farmacéuticos y operadores logísticos de tecnologías en salud; sin embargo, esto no nos impide actuar, puesto que, como sujetos vigilados, les asisten deberes claramente establecidos en la Ley Estatutaria que regula el derecho fundamental a la salud y algunas normas generales del sector salud que le son aplicables”, afirmó el superintendente de Salud, Giovanny Rubiano.

El funcionario destacó que actualmente en Colombia existen 137 gestores farmacéuticos identificados, que actúan dentro del sistema de salud a partir de un contrato celebrado con una EPS, la cual tiene la responsabilidad de pagarle a ese gestor farmacéutico (proveedor de tecnologías en salud) por cumplir con un rol específico dentro del SGSSS: dispensar ambulatoriamente y de manera oportuna los medicamentos y/o dispositivos médicos.

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“No es admisible que un mismo gestor farmacéutico suscriba contratos con distintas EPS sin tener la capacidad logística e instalada, para atender a todos sus afiliados, normalizando la creación de pendientes de entrega de tecnologías en salud, y lo peor, sin seguimiento de estos pendientes para su entrega”, señaló.

Según datos registrados por la Superintendencia Nacional de Salud, en el último año el 18% del total de reclamos registrados trataron sobre negación de medicamentos y/o dispositivos médicos, por falta de oportunidad en la dispensación o entrega incompleta de estos.

En total, se presentaron un total de 290.836 reclamos, de los cuales 276.014 son tecnologías autorizadas con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC) y 14.372 son por tecnologías no cubiertas.

“Por ello, en esta ocasión imponemos multas a estos dos gestores farmacéuticos que han incumplido con la dispensación oportuna de medicamentos y/o dispositivos médicos a los pacientes del SGSSS y el reporte de la información requerida”, agregó el Supersalud.

Audifarma

Giovanny Rubiano precisó que en el caso de Audifarma, "la Superintendencia encontró que había deficiencias en los reportes de información e incumplimiento reiterado en la dispensación de medicamentos ambulatorios en el departamento de Caldas, afectando a los usuarios del sistema de salud pertenecientes a las EPS con las que se habían suscrito los contratos. Por estos motivos, la Supersalud, a través de una medida administrativa, le impuso sanción consistente en multa que asciende a Doscientos Treinta (230) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes – SMMLV”.

Sumiprocesos

La Superintendencia Nacional de Salud explicó que en el caso del gestor farmacéutico Sumiprocesos, el incumplimiento en las regiones era mayor.

“En relación con Sumiprocesos, gestor farmacéutico que suscribió contrato con una EPS Indígena para operar en el Departamento de La Guajira (en su momento), se encontró como resultado de un proceso de auditoría, evidencia de irregularidades en la entrega de dispositivos médicos, no entrega de la información requerida y no suscripción del plan de mejoramiento que, por disposición legal, deben presentar para subsanar las conductas evidenciadas. A través de una medida administrativa se le impuso sanción consistente en multa que asciende a Doscientos Cincuenta (250) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes – SMMLV”, sostuvo el funcionario.

Detalló que para el caso de La Guajira, al momento de la acción de inspección el gestor no contaba con inventario mínimo de medicamentos y/o dispositivos médicos disponibles en su establecimiento farmacéutico, al indicar que a partir del requerimiento por los usuarios, el gestor apenas hacía el pedido a otra ciudad, de donde los enviaban por vía terrestre, incumpliendo así con la oportunidad en la dispensación y las medidas de seguridad para el transporte de estas tecnologías en salud.

“Los reclamos crecientes por falta de entrega oportuna o negación de un medicamento ya autorizado por la EPS, han obligado a la Supersalud a utilizar las medidas disponibles legalmente para ejercer acciones de control sobre estos vigilados”, señaló.

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Otro de los hallazgos detectados por la Delegatura de Investigaciones Administrativas de la Superintendencia de Salud, es el incumplimiento en la reglamentación y normatividad establecida.

“Que el gestor farmacéutico no cuente con la totalidad de la reglamentación, como sucede con otros actores del SGSSS, no implica que la responsabilidad recaiga únicamente en el asegurador. Muchos olvidan que voluntariamente adquirieron obligaciones dentro del SGSSS ligadas a la población afiliada a las EPS con las que suscribieron los contratos de dispensación de tecnologías en salud, siendo este el hecho determinante de la responsabilidad con el sistema de salud”, añadió Giovanny Rubiano.


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