Retiro de biopolímeros deberá ir por cuenta de las EPS: Corte Constitucional

El tribunal estableció que las empresas deben asumir los costos de esos procedimientos.
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La Corte Constitucional declaró que las EPS deben hacerse cargo de los procedimientos para retirar los biopolimeros, pues están contemplados en el Plan de Beneficios en Salud, por lo que las empresas deben asumir todo el costo del tratamiento para las personas que soliciten el retiro de estas sustancias sintéticas.

El presidente de la Corte Constitucional, el magistrado José Fernando Reyes, reconoció que durante la discusión, tuvieron en cuenta que, si bien el uso de biopolimeros es una conducta voluntaria, las sustancias pueden conllevar a situaciones que pongan en riesgo la vida de los pacientes.

“Ciertamente se trata de conductas voluntarias de algunas pacientes que se ponen implantes mamarios o biopolímeros y que, por razones de la mala práctica, terminan en consecuencias muy negativas para su salud, incluso con riesgos cercanos a la muerte”, dijo el magistrado.

El magistrado además explicó que hay una ley emitida en 2023, en la que se establece que, estos casos, por tratarse de temas de funcionalidad, están incluidos en el Plan de Beneficios en Salud, por lo que las EPS tienen la obligación de asumir todos los costos.

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“La Corte no estuvo de acuerdo con las conclusiones de los señores jueces que, en alguna medida, estimaban que, dado que estos procedimientos eran asumidos voluntariamente por las pacientes, debían inclusive asumir esos riesgos. La Ley 26.13 del año 2023 lo que viene a decir es que todos estos temas son funcionales y, por lo tanto, están incluidos en el plan de beneficios y las EPS deben asumirlo”, señaló Reyes.

El presidente de la corte llama la atención, porque en los casos que generaron el pronunciamiento, detectaron que los establecimientos que aplicaban los biopolimeros eran informales, por lo que ordenaron al Congreso que tramite leyes que permitan generar delitos penales por el mero ofrecimiento de ese servicio que pone en riesgo la vida de los pacientes.

“La Corte quiere que el Congreso legisle sobre esta temática en clave de mera conducta, es decir, como dispositivos penales que castiguen el mero ofrecimiento, la mera oferta, sin necesidad de que haya resultados casi siempre luctuosos, resultados en términos de muerte”, concluyó el magistrado.

Reyes afirmó que los magistrados de la Corte concluyeron que los desenlaces de estos implantes mamarios y de las inyecciones de biopolímeros sí están amparadas por el Plan de Beneficios en Salud y, por lo tanto, las EPS no pueden negar esos procedimientos.


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