Pico y placa en Cali 2026: así operará del 16 al 20 de febrero

La rotación del pico y placa en Cali rige de lunes a viernes, de 6:00 a.m. a 7:00 p.m.
La restricción del pico y placa en Cali aplica de lunes a viernes entre las 6:00 a.m. y las 7:00 p.m.
La restricción del pico y placa en Cali aplica de lunes a viernes entre las 6:00 a.m. y las 7:00 p.m. Crédito: Alcaldía de Cali

La Alcaldía de Santiago de Cali recordó que la rotación del pico y placa para el primer semestre de 2026 está vigente desde el 5 de enero y se mantendrá hasta el 30 de junio. La medida aplica de lunes a viernes, entre las 6:00 de la mañana y las 7:00 de la noche, y no rige los fines de semana ni los días festivos.

Durante la semana del 16 al 20 de febrero de 2026, la restricción operará conforme al calendario establecido por la Secretaría de Movilidad Distrital, según el comunicado oficial.

Pico y placa en Cali: rotación del 16 al 20 de febrero

Para la semana del lunes 16 al viernes 20 de febrero de 2026, la distribución del pico y placa en Cali será la siguiente:

  • Lunes: placas terminadas en 1 y 2.
  • Martes: 3 y 4.
  • Miércoles: 5 y 6.
  • Jueves: 7 y 8.
  • Viernes: 9 y 0.

La restricción se mantiene en el mismo horario para todos los días hábiles. Las autoridades indicaron que el incumplimiento de la medida da lugar a sanciones establecidas en la normativa vigente.

Semana pedagógica y sanciones

Entre el 5 y el 9 de enero de 2026 se desarrolló una semana pedagógica para informar a los conductores sobre la nueva rotación. Desde el 13 de enero inició la fase de control, con imposición de comparendos a quienes infrinjan la disposición.

La administración distrital precisó que la medida se enmarca en la regulación del tránsito urbano y busca gestionar la circulación de vehículos en horas de mayor flujo.

Excepciones al pico y placa

El decreto contempla varias excepciones al pico y placa, de acuerdo con actos administrativos vigentes. Entre los vehículos exentos se encuentran:

  • Vehículos de emergencia, según la definición del artículo 2 de la Ley 769 de 2002, incluidos los de Defensa Civil, Bomberos Voluntarios, Cruz Roja y ambulancias registradas ante el RUNT.
  • Vehículos oficiales, diplomáticos y consulares.
  • Vehículos que transportan personas con discapacidad o movilidad reducida con acreditación previa. En estos casos, si la autoridad lo requiere, el conductor debe estar acompañado por la persona beneficiaria de la exención.
  • Vehículos híbridos y eléctricos, identificados por su tipo de combustible.
  • Vehículos de carga con capacidad mayor o igual a cinco toneladas.
  • Vehículos cuyos propietarios paguen la tasa por congestión o contaminación establecida en el Acuerdo Distrital 0563 de 2023.
  • Motocicletas.

La Secretaría de Movilidad recordó que las personas que ya cuentan con exención no deben realizar una nueva solicitud, salvo que cambien de vehículo.

Movilidad en Cali: recomendaciones

El secretario de Movilidad Distrital, Gustavo Orozco, señaló que la actualización de la medida busca mejorar la movilidad y reducir la congestión en horas de mayor circulación.

La entidad recomendó a la ciudadanía:

  • Consultar la página web y redes oficiales de la Secretaría de Movilidad Distrital.
  • Verificar la restricción mediante aplicaciones móviles autorizadas.
  • Utilizar el Sistema Integrado de Transporte Masivo MIO, taxis o medios alternativos como la bicicleta.

La administración reiteró el llamado a planificar los desplazamientos y revisar el número de placa antes de salir, con el fin de evitar sanciones y contribuir al cumplimiento de la medida durante la semana del 16 al 20 de febrero.


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