Gobierno ajusta reglas de contratación para proyectos de infraestructura y dotación biomédica

Este documento está orientado a todas las Empresas Sociales del Estado en el país.
Ministerio de Salud
Ministerio de Salud ajusta reglas de contratación para ESE en proyectos de infraestructura y dotación biomédica. Nueva disposición busca transparencia y eficiencia en procesos contractuales. Crédito: Colprensa

El Ministerio de Salud expidió la Resolución 2053 de 2025, realizó un ajuste a las reglas de contratación para Empresas Sociales del Estado, en proyectos de infraestructura y dotación biomédica.

La nueva disposición busca fortalecer la transparencia, eficiencia y objetividad en los procesos contractuales de las Empresas Sociales del Estado (ESE), especialmente en la ejecución de obras de infraestructura hospitalaria y proyectos de dotación biomédica financiados con recursos del Presupuesto General de la Nación.

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El ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, firmó la resolución que entró en vigencia a partir de su expedición y que según la entidad, precisa y actualiza los lineamientos del Estatuto de Contratación de las ESE, promoviendo una gestión más técnica y controlada en el uso de recursos públicos.

La medida responde a la necesidad de garantizar que los procesos contractuales de las Empresas Sociales del Estado —aunque se rigen por normas de derecho privado— sean coherentes con los fines del Estado y con los principios de transparencia, selección objetiva y eficiencia establecidos en la Ley 80 de 1993.

El documento enfatiza que la contratación en salud debe evitar cualquier práctica que genere daños antijurídicos o riesgos de corrupción, asegurando la publicidad, igualdad de condiciones y reglas claras para los oferentes.

Asimismo, se establece que los proyectos de adecuación, ampliación y construcción de infraestructura hospitalaria o dotación biomédica podrán desarrollarse conforme al manual de contratación de cada ESE, siempre que exista autorización expresa del Ministerio de Salud y Protección Social.

La resolución redefine la fase de planeación contractual, que deberá incluir estudios técnicos, jurídicos y financieros completos. Entre los nuevos requerimientos se destacan:

- Justificación técnica y financiera del uso de anticipos o pagos anticipados, los cuales no podrán superar el 15 % del valor total del contrato, y deberán contar con aprobación escrita del Ministerio a través de la Subdirección de Infraestructura en Salud.

- Obligación de publicar toda la información precontractual en la plataforma Secop II, tanto en los módulos de contratación con ofertas como, en casos excepcionales, en régimen especial sin ofertas, cuando no haya conectividad.

- Inclusión del Ministerio de Salud como beneficiario en las pólizas de garantía de los contratos que usen recursos nacionales.

- Plazos mínimos obligatorios: 15 días calendario para la presentación de propuestas, 5 días hábiles para su evaluación y otros 5 días hábiles para responder observaciones.

- Convocatoria pública obligatoria, sin importar la cuantía, en todos los contratos de infraestructura y dotación biomédica financiados con recursos del Presupuesto General de la Nación.

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La norma dispone que en los proyectos de infraestructura ejecutados mediante convocatoria pública, la interventoría deberá contratarse de forma independiente de la entidad contratante y del contratista principal, asegurando imparcialidad y control técnico.

Además, el Ministerio expedirá una 'Guía de Buenas Prácticas de Contratación' que servirá de referencia para las ESE al elaborar los términos de condiciones y los documentos previos de sus procesos contractuales. Una vez publicada, su aplicación será obligatoria para todas las entidades que adelanten este tipo de proyectos.

La Resolución 2053 de 2025 refuerza el marco normativo del sector salud en materia contractual, en un momento en el que el país avanza en la modernización y ampliación de la red hospitalaria pública.


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