El Colegio Refous Roland Jeangros S.A.S. se encuentra en medio de un complejo debate jurídico y financiero, luego de haber sido admitido en un proceso de reorganización empresarial bajo la Ley 1116 de 2006 ante la Superintendencia de Sociedades (Supersociedades).
Aunque dicha medida se planteó como un salvavidas financiero, encendió las alarmas por el pasivo acumulado de la institución, que supera los $63.000 millones.
El caso abrió una fuerte disputa entre las directivas del plantel, los acreedores afectados y las familias de los estudiantes, que temen lo que pueda pasar con el colegio.
El foco del litigio se centra en dos aspectos. Por un lado, en las presuntas inconsistencias de la información financiera entregada por los deudores a la Superintendencia de Sociedades. Por otro, en que, dentro de la relación de activos presentada por el colegio, figuraban inmuebles cuya titularidad no correspondería a la sociedad, además de la ausencia de documentos y soportes que permitan verificar plenamente la información suministrada.
¿Por qué crecen las dudas sobre la reorganización del colegio Refous?
Aunque el colegio sostiene que nunca reportó esos inmuebles como propios y que únicamente identificó las distintas matrículas inmobiliarias que conforman el terreno donde funciona la institución, el equipo jurídico de los acreedores considera que estas explicaciones no desvirtúan las observaciones formuladas por la Superintendencia.
Desde esa perspectiva, las aclaraciones presentadas por la administración han sido interpretadas como una estrategia que podría estar retrasando la revisión de los activos y la adopción de decisiones dentro del proceso de reorganización empresarial. Según esta postura, la entrega de información incompleta o susceptible de múltiples interpretaciones obliga a las autoridades a realizar nuevos requerimientos, solicitar documentación adicional y adelantar verificaciones complementarias.

Si bien la admisión de un deudor al proceso previsto en la Ley 1116 suele verse como un mecanismo para preservar la continuidad del negocio, detrás de esa figura existe un escenario mucho más complejo. Cientos de acreedores, entre entidades financieras y pequeñas y medianas empresas, enfrentan un panorama de incertidumbre, congelamiento de sus flujos de caja y la necesidad de establecer con precisión cuál es la verdadera realidad patrimonial del deudor.
En el derecho concursal, el patrimonio del deudor constituye la prenda general que respalda el cumplimiento de sus obligaciones. Por ello, si los bienes sobre los cuales se sustenta la continuidad del negocio pertenecen a terceros, la viabilidad de un eventual acuerdo de reorganización a largo plazo puede verse seriamente comprometida, alimentando las dudas sobre el riesgo de una eventual liquidación judicial.
Frente a las recientes afirmaciones de directivos y personas cercanas al colegio, quienes aseguran que los acreedores buscan afectar la operación educativa o "apropiarse" de los terrenos, uno de los abogados de Estructuración —compañía afectada por este proceso— sostiene que la ejecución de garantías constituye un mecanismo legítimo y técnico para la recuperación de cartera, y no una estrategia de despojo. En ese sentido, precisa que la ejecución de una garantía real no implica, por sí misma, una acción de persecución personal contra los deudores.
"Cualquier acreedor que enfrenta un incumplimiento prolongado está facultado para acudir a las herramientas que le otorga la ley para proteger su crédito. Lo que se busca es recuperar el dinero que se prestó de buena fe, no quedarse con bienes de manera caprichosa. Ese nunca fue el objeto del negocio jurídico celebrado", asegura el abogado Carlos Ramírez.
Durante el proceso, el juez del concurso ha requerido en varias ocasiones información y aclaraciones adicionales debido a las inconsistencias detectadas. Aunque ha advertido sobre las consecuencias legales de estos incumplimientos, los acreedores aseguran que aún esperan mayor transparencia en la información presentada.

Las dudas de los padres de familia
Una reunión convocada por las directivas del Colegio Refous con algunos padres de familia generó nuevas inquietudes sobre el proceso de reorganización empresarial. Aunque la administración aseguró que la situación financiera y jurídica está bajo control, que los activos se encuentran protegidos y que la continuidad de la institución no está en riesgo, fuentes cercanas al proceso consideran que esas afirmaciones no reflejan plenamente el estado del expediente que se tramita ante la Superintendencia de Sociedades.
Entre las principales preocupaciones está la afirmación de que los activos del colegio estarían completamente blindados, pues expertos recuerdan que la finalidad de una reorganización es alcanzar acuerdos con los acreedores para recuperar la viabilidad financiera de la empresa y no proteger bienes específicos. Además, varios padres cuestionaron que, mientras se anunciaban proyectos de expansión académica, no se ofreciera información clara y verificable sobre la situación financiera y las medidas para garantizar la estabilidad de la institución.
Bloque de preguntas y respuestas
¿Por qué el Colegio Refous entró en un proceso de reorganización empresarial?
La institución fue admitida en un proceso de reorganización bajo la Ley 1116 de 2006 para atender su situación financiera, en medio de un pasivo que supera los $63.000 millones.¿Qué dudas existen sobre la información financiera del Colegio Refous?
Los acreedores cuestionan la información presentada ante la Superintendencia de Sociedades por presuntas inconsistencias relacionadas con activos y documentación de soporte.¿Qué consecuencias podría tener la reorganización empresarial para los acreedores?
Los acreedores enfrentan incertidumbre sobre la recuperación de sus recursos mientras avanza la verificación de la situación patrimonial del deudor y el proceso judicial.¿Por qué algunos padres de familia cuestionan el proceso de reorganización del Colegio Refous?
Tras una reunión con las directivas, varios padres expresaron inquietudes sobre la información financiera, la protección de los activos y las garantías para la continuidad de la institución.