Consejo de Estado ratifica los auxilios que deben recibir empleados que trabajan desde casa: estos son

El Consejo de Estado ratificó que empleadores deben reconocer auxilios a teletrabajadores por internet, energía y uso de equipos propios.
Trabajo remoto
La decisión permite que trabajador y empresa acuerden el uso de herramientas propias, siempre que exista una compensación económica por los costos asumidos. Crédito: Creación de Magnific

El Consejo de Estado dejó en firme una decisión relacionada con los pagos que deben recibir los trabajadores que desarrollan sus funciones bajo la modalidad de trabajo remoto. El pronunciamiento se dio tras el análisis de una demanda que cuestionaba la obligación de reconocer ciertos costos asociados a esta forma de vinculación laboral.

La determinación se centra en las condiciones del teletrabajo en Colombia y en las responsabilidades que tienen los empleadores frente a los gastos en los que incurren los trabajadores al no asistir a una oficina física. El alto tribunal reiteró que estas condiciones están reguladas por normas vigentes que establecen obligaciones claras.

Qué dijo el Consejo de Estado sobre el teletrabajo

El fallo analizó el alcance de la normativa que regula el teletrabajo, definida como la prestación de servicios mediante el uso de tecnologías de la información sin presencia física en un lugar específico. En este contexto, el tribunal revisó la aplicación de la Ley 1221 de 2008, que fija las responsabilidades de los empleadores.

Según esta norma, las empresas deben garantizar los medios necesarios para que el trabajador cumpla sus funciones, lo que incluye equipos, programas, conexiones y costos asociados como la energía. Esta obligación también contempla los desplazamientos que el empleador ordene dentro del desarrollo de la actividad laboral.

Teletrabajo y trabajo en casa en Colombia
El Consejo de Estado ratificó que el teletrabajo está sujeto a reglas que obligan a los empleadores a garantizar medios, cubrir costos asociados y cumplir lo establecido en la Ley 1221 de 2008.Crédito: Freepik

La discusión sobre quién asume los costos

El análisis del caso surgió por una demanda que cuestionaba la posibilidad de trasladar al trabajador ciertos gastos operativos. El demandante argumentaba que estas cargas debían ser asumidas exclusivamente por el empleador y no por el empleado.

No obstante, el tribunal concluyó que la normativa permite acuerdos entre las partes, siempre que exista una compensación. Es decir, el trabajador puede utilizar sus propios recursos, como equipos o conexión a internet, pero debe recibir un auxilio económico que cubra dichos costos.

Los auxilios que deben recibir los trabajadores

Con base en el Decreto 1227 de 2022, el Consejo de Estado reiteró que existen pagos obligatorios cuando el teletrabajador asume gastos relacionados con su actividad laboral. Estos auxilios deben ser acordados entre empleador y trabajador.

Entre los principales se encuentran:

  • Compensación por servicios públicos: incluye el reconocimiento de gastos como internet, energía y telefonía necesarios para el desarrollo de las funciones.
  • Pago por uso de herramientas propias: cuando el trabajador utiliza equipos de su propiedad, debe recibir una compensación por ese uso.

Estos pagos no son automáticos en un valor fijo, sino que deben establecerse mediante acuerdo entre las partes, teniendo en cuenta las condiciones específicas del trabajo.

Teletrabajo
El Consejo de Estado estableció que los teletrabajadores pueden usar recursos propios, pero deben recibir compensación por servicios públicos y herramientas, según acuerdo con el empleador.Crédito: Pixabay

Alcance de la decisión del alto tribunal

El pronunciamiento establece que los acuerdos entre empleador y trabajador no eliminan las obligaciones legales, sino que permiten adaptarlas a diferentes escenarios del trabajo remoto. En ese sentido, la compensación económica se convierte en un elemento necesario para equilibrar las cargas.

El tribunal señaló que estas disposiciones buscan garantizar el desarrollo del teletrabajo en un entorno regulado, donde se reconozcan los costos asumidos por el trabajador sin desconocer la posibilidad de acuerdos entre las partes.

Con esta decisión, se mantiene la obligación de reconocer los auxilios a quienes trabajan desde casa, bajo condiciones que deben ser definidas de manera bilateral, pero respetando los lineamientos establecidos en la ley.





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