MinSalud adopta nuevo modelo de atención en salud para población privada de la libertad

Nuevo modelo de atención en salud para personas privadas de la libertad: telesalud, atención extramural y enfoque diferenciado para garantizar derechos y calidad
¿Deben construirse más cárceles en Colombia?
¿Deben construirse más cárceles en Colombia? Crédito: www.magnific.com

El Ministerio de Salud oficializó un nuevo modelo de atención en salud, dirigido a las personas privadas de la libertad en los establecimientos penitenciarios y carcelarios del país. La medida quedó establecida mediante la Resolución 1099 de 2026, que actualiza el esquema vigente desde hace más de una década y reemplaza las resoluciones 5159 de 2015 y 3595 de 2016.

Según la cartera de Salud, la iniciativa busca fortalecer la garantía del derecho a la salud de la población bajo custodia del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), mediante una atención integral, continua y con mayores estándares de calidad. El nuevo esquema busca una estrategia de Atención Primaria en Salud (APS), promoviendo mayor coordinación entre las instituciones responsables y una mejor capacidad de respuesta dentro de los centros de reclusión.

Incorporación de tecnología y prestación de salud

Uno de los cambios relevantes es la incorporación de herramientas tecnológicas y modalidades alternativas de prestación de servicios. Entre ellas se encuentran la telesalud y las atenciones extramurales, mecanismos que buscan ampliar la cobertura y facilitar el acceso a servicios médicos especializados. Asimismo, se contemplan protocolos diseñados específicamente para responder a las particularidades del entorno penitenciario.

La normativa también establece un período de transición para implementar gradualmente el nuevo modelo, con el propósito de evitar interrupciones en la atención médica que actualmente reciben las personas privadas de la libertad.

Otro de los aspectos centrales de la resolución es la inclusión de enfoques diferenciales, orientados a atender las necesidades particulares de distintos grupos poblacionales dentro del sistema penitenciario. Esto incluye a los menores de tres años que conviven con sus madres en establecimientos de reclusión del orden nacional.

Lineamientos en la atención de personas

Además, el modelo desarrolla lineamientos relacionados con el aseguramiento en salud, la gestión integral del riesgo, los mecanismos de remisión de pacientes y los sistemas de seguimiento y evaluación de los servicios prestados.

La estructura del modelo se apoya en seis componentes estratégicos: la prestación de servicios de salud, la Red Integral e Integrada de Prestadores para la Población Privada de la Libertad, las condiciones de calidad, los procesos de referencia y contrarreferencia, las acciones de salud pública y el monitoreo permanente de la implementación.

La resolución introduce, además, una clasificación de los establecimientos penitenciarios en cinco categorías de Unidades de Atención Primaria, definidas de acuerdo con factores como el número de internos, las condiciones de seguridad y la ubicación geográfica.

Clave del tema en cuatro preguntas

1. ¿Qué cambia con la expedición de la Resolución 1099 de 2026?

La nueva resolución adopta un modelo actualizado de atención en salud para las personas privadas de la libertad bajo custodia del INPEC y reemplaza las normas vigentes desde 2015. Su objetivo es mejorar la calidad, continuidad y acceso a los servicios de salud en los centros penitenciarios del país.

2. ¿Cuáles son las principales novedades del nuevo modelo?

Entre los cambios más importantes se encuentran la incorporación de la telesalud, la prestación de servicios extramurales y la implementación de protocolos diseñados para responder a las condiciones particulares de los establecimientos de reclusión. Además, se estableció un plan de transición para garantizar que la atención no se vea interrumpida durante su implementación.

3. ¿Cómo se atenderán las necesidades específicas de la población privada de la libertad?

El modelo incorpora enfoques diferenciales que tienen en cuenta las características y necesidades de distintos grupos dentro del sistema penitenciario, incluidos los menores de tres años que viven con sus madres en establecimientos de reclusión. También fortalece la gestión del riesgo, el aseguramiento en salud y los procesos de referencia médica.

4. ¿Por qué se considera un avance para la política de salud penitenciaria?

La resolución consolida un modelo integral y estructurado que busca superar problemas históricos como la fragmentación de los servicios, la falta de coordinación institucional y las barreras de acceso a la atención médica. Además, responde a lineamientos legales y decisiones recientes de la Corte Constitucional orientadas a garantizar el derecho fundamental a la salud de esta población.


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