Con la apertura del calendario tributario 2026, en Bogotá inició el proceso de pago del impuesto sobre vehículos automotores, una obligación que cada año moviliza a miles de contribuyentes. En medio de las consultas sobre tarifas, descuentos y fechas límite, un valor adicional ha generado preguntas entre los propietarios: cerca de $117.000 que se suman al total y que no dependen del costo del vehículo.
Este cobro corresponde a los derechos de semaforización, una tasa distrital que se aplica a todos los vehículos matriculados en Bogotá. Aunque suele estar incluida en la factura oficial, su aparición ha generado dudas entre quienes revisan la liquidación o realizan el trámite de forma independiente.
Un cobro fijo que no depende del valor del vehículo
A diferencia del impuesto vehicular, que se calcula con base en el avalúo comercial definido cada año, los derechos de semaforización tienen un valor único para todos los contribuyentes. La norma establece que esta tarifa equivale a dos salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que define el monto final.

Para el año 2026, tras el ajuste del salario mínimo, el valor quedó en $116.726, cifra que se aproxima a $117.000 en los sistemas de pago. Estos recursos son destinados al mantenimiento, operación y modernización de la red de semáforos en la ciudad.
El pago aplica para todos. Deben asumirlo los propietarios de vehículos particulares como automóviles, camionetas y vehículos de carga. También incluye a todas las motocicletas, sin importar el cilindraje. En el caso de los vehículos eléctricos e híbridos, aunque tienen beneficios en el impuesto principal, deben pagar esta tasa.
Fechas clave y riesgos por no incluir el pago completo
Desde la Secretaría Distrital de Hacienda se ha afirmado que este valor está en la factura del impuesto. Sin embargo, quienes hacen la liquidación en la Oficina Virtual deben verificar que el concepto esté incluido, ya que no pagarlo puede generar mora parcial.

El calendario tiene un beneficio para quienes paguen antes del 15 de mayo, fecha hasta la cual se aplica un descuento del 10 % sobre el impuesto vehicular. Este beneficio no cubre los derechos de semaforización, que deben pagarse completos.
El plazo máximo para pagar sin sanciones es el 24 de julio de 2026. Después de esa fecha se generan recargos, incluida una sanción mínima cercana a $262.000, lo que incrementa el valor total. Por esta razón, se recomienda descargar la factura oficial desde los canales autorizados.
Alternativas de pago para facilitar el cumplimiento
Para este año continúa el Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario (SPAC), una opción que permite dividir el pago del impuesto vehicular en dos partes sin generar intereses. Esta modalidad está dirigida a contribuyentes que buscan organizar el pago.
Quienes opten por este mecanismo deben presentar la declaración inicial antes del 12 de junio de 2026. Luego, el pago se realiza en dos momentos: la primera cuota el 3 de julio y la segunda cuota el 4 de septiembre.
Este esquema no excluye el pago de los derechos de semaforización, por lo que el valor debe ser tenido en cuenta dentro del total. La recomendación es revisar cada concepto en la liquidación y cumplir con los plazos para evitar sanciones.