Fenalco demandó la norma que encarecería la compra de camiones en el país

El gremio pidió al Consejo de Estado que se suspenda esta norma que sube el aporte al Fopat, por el impacto en los transportadores.
Camiones
El decreto propone cambios en el mecanismo diferencial para la estabilización de precios del Aceite de Combustible para Motores, Acpm. Crédito: Colprensa

La Federación Nacional de Comerciantes Empresarios (Fenalco) presentó una demanda de nulidad simple y una solicitud de suspensión provisional contra los artículos 17 y 18 del Decreto 1017 de 2025, firmado por el Ministerio de Transporte el 21 de septiembre.

Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco, explicó que la medida “genera un fuerte perjuicio para los transportadores al encarecer de manera considerable su operación”.

El gremio argumenta que el decreto incrementa el aporte al Fondo para la Promoción de Ascenso Tecnológico (Fopat) del 15% al 25% del valor comercial del vehículo antes de IVA, y amplía el alcance de la obligación al incluir vehículos de carga desde 3,5 toneladas.

Los vehículos impactados

Según el análisis presentado ante el Consejo de Estado, el Decreto 1017 afecta de manera directa a:

  • Camiones livianos (3,5–7,5 toneladas): usados por pymes y repartidores urbanos, con una mayor caída relativa en la demanda.
  • Camiones medianos (7,5–10,5 toneladas): fundamentales para el abastecimiento regional, con una contracción proyectada cercana al 20%.
  • Camiones pesados (>10,5 toneladas): activos de alto valor que enfrentarían un aumento de 10% en su costo de entrada.
  • Volquetas: esenciales para construcción y minería, cuya renovación se ralentiza con el nuevo aporte del 25%.

Cristian Eduardo Stapper Buitrago, vicepresidente de Litigio, Entorno y Relacionamiento Externo de Fenalco y responsable de la acción judicial, señaló que el decreto “vulnera de manera evidente la Constitución Política”.

Según el gremio, el Ejecutivo modificó elementos esenciales de un tributo sin autorización legal: hecho generador, sujeto pasivo, base gravable y tarifa. Además, advierte que el Ministerio de Transporte amplió obligaciones y creó normas sin un mandato expreso.

Stapper Buitrago agregó que, “a esto se suma la falta de motivación suficiente, ya que los considerandos no explican la reducción del umbral técnico ni el incremento de la tarifa, lo que afecta la transparencia y la proporcionalidad de la función administrativa”.

Solicitud de suspensión provisional

Fenalco solicitó al Consejo de Estado la suspensión inmediata de los artículos demandados para evitar efectos jurídicos irreversibles y nuevas cargas económicas para los transportadores.

“El Decreto 1017 golpea directamente a los camiones livianos, medianos, pesados y volquetas nuevos, afectando a pymes y transportadores regionales. No solo es un impacto económico, sino una vulneración constitucional evidente. La suspensión provisional es indispensable para proteger la legalidad y evitar un daño irreparable al sector”, concluyó Stapper Buitrago.


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