'Cambian tasas para saltarse a la Corte': exdirector de la DIAN advierte sobre nuevos impuestos del Gobierno Petro

El exdirector indicó que el decreto puede dividirse en varios bloques tributarios y advirtió que uno de ellos revive el impuesto nacional al consumo.

El exdirector de la DIAN, Lisandro Junco, afirmó en entrevista con La FM que los decretos tributarios expedidos por el Gobierno reactivan impuestos y medidas que, según dijo, ya habían sido suspendidos por la Corte Constitucional.

Junco señaló que las disposiciones fueron adoptadas mediante decretos de emergencia y que varias de ellas afectan la planeación fiscal de las empresas en el mismo año gravable. Según explicó, la medida revive tributos y mecanismos que, en sus palabras, “se saltaron a la corte constitucional y al Congreso de la República”.

Junco indicó que el decreto 240 puede dividirse en varios bloques tributarios y advirtió que uno de ellos revive el impuesto nacional al consumo para juegos de suerte y azar por internet. Señaló que este tema ha sido discutido en el Congreso y que, según afirmó, “el Congreso se ha negado por razones técnicas”.

También sostuvo que la medida modifica tasas existentes para volver a aplicar el gravamen. Según dijo, el cambio consiste en reducir la tarifa pero mantener el cobro como un impuesto aplicado a plataformas digitales actualmente vigentes.

¿Qué dice Lisandro Junco sobre el decreto tributario 240?

El exdirector explicó que otro bloque del decreto contempla rebajas de sanciones e intereses para contribuyentes con deudas ante la DIAN. Indicó que estos alivios “son facultades del Congreso” y que su aplicación mediante decreto puede generar revisiones posteriores de la Corte Constitucional.

Según afirmó, un contribuyente que pague bajo esas condiciones podría enfrentar incertidumbre jurídica mientras el alto tribunal decide si las medidas son procedentes o no. También señaló que el decreto introduce una normalización tributaria para activos ocultos o pasivos inexistentes dentro y fuera de Colombia según dijo.

Junco afirmó que otra de las medidas corrige el alcance del impuesto al patrimonio incluido en normas anteriores. Explicó que el nuevo decreto incorpora establecimientos permanentes y sucursales que, según indicó, no habían quedado incluidos inicialmente.

“El hecho generador se dio el primero de marzo y el 12 de marzo dicen que también entran esas sucursales”, señaló durante la entrevista. Agregó que ese cambio fue presentado después de haberse configurado el hecho generador del tributo dentro del mismo año fiscal.

¿Qué críticas hizo Junco a los decretos de emergencia tributaria?

Durante la entrevista, Junco también se refirió a otros decretos expedidos en el mismo paquete normativo. Señaló que el decreto 242 otorga facultades a gobernadores y alcaldes para usar recursos de ciertos impuestos en situaciones de emergencia climática.

Según explicó, esto permitiría que tributos como el alumbrado público sean destinados a otros usos por decisión de las autoridades regionales. El exdirector sostuvo que las facultades para crear impuestos con destinación específica corresponden al Congreso de la República según afirmó hoy.

Junco concluyó que, en su criterio, varias de las medidas repiten disposiciones que la Corte Constitucional había suspendido previamente. “Cambian ligeramente unas tasas para saltarse a la corte”, afirmó. Añadió que el debate ahora dependerá de las decisiones que adopte el alto tribunal frente a los decretos en revisión constitucional futura.


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