Elecciones 2026: ¿Se puede juntar el día de la familia y el día de descanso por votar?

En Colombia, quienes ejercen su derecho al voto pueden acceder a varios incentivos que están la ley.
La norma también establece que este tiempo de descanso debe disfrutarse dentro del mes siguiente a la elección.
La norma también establece que este tiempo de descanso debe disfrutarse dentro del mes siguiente a la elección. Crédito: Colprensa

Se aproxima la segunda vuelta de las elecciones presidenciales en Colombia y muchos trabajadores han comenzado a revisar cuáles son los beneficios a los que pueden acceder por participar en la jornada electoral. Una de las preguntas es si es posible unir el descanso que otorga la ley por votar con el día de la familia para disfrutar de varios días consecutivos libres.

La respuesta, según explicó el abogado Iván Jiménez, Profesor del Observatorio Laboral de la Pontificia Universidad Javeriana, a La FM, es que sí se pueden solicitar de manera seguida, siempre que se cumplan las condiciones de cada beneficio.

En Colombia, quienes ejercen su derecho al voto pueden acceder a varios incentivos que están la ley. Entre ellos está una media jornada de descanso compensatorio remunerado, un beneficio que busca reconocer la participación de los ciudadanos en los procesos democráticos. Para acceder a este derecho se de contar con el certificado electoral.

La norma también establece que este tiempo de descanso debe disfrutarse dentro del mes siguiente a la elección. Además, la fecha no la define únicamente el trabajador ni el empleador, sino que debe existir un acuerdo entre ambas partes.

Dos beneficios diferentes que pueden complementarse

El llamado día de la familia fue creado para poder compartir con los seres queridos. La ley contempla que los empleadores deben dar ese tiempo para que sus colaboradores puedan compartir espacios en su hogar. Aunque, es importante recordar que ese beneficio desaparecerá cuando en julio de 2026 se haga efectiva la reducción laboral a 42 horas.

Al tratarse de diferentes beneficios, no existe una norma que prohíba disfrutarse estos días de forma consecutiva. De acuerdo con la explicación del abogado Iván Jiménez a La FM, una persona podría acordar con su empresa tomar un día por concepto del día de la familia y al siguiente hacer uso del descanso compensatorio por votar.

¿Cuáles son las sanciones por no respetar la media jornada electoral remunerada?

Para el caso de los empleados de entidades públicas, pueden interponer una acción de cumplimiento si consideran que se les está negando un derecho reconocido por la ley.

Los trabajadores del sector privado tienen la posibilidad de presentar una queja ante el Ministerio de Trabajo o la inspección laboral correspondiente, argumentando que el descanso compensatorio es un beneficio obligatorio establecido por la ley. Además, también pueden acudir a la jurisdicción laboral para reclamar el reconocimiento de este derecho.

Un jefe de personal puede ser destituido de su cargo por no respetar la media jornada electoral en caso de tratarse de un servidor público. En el caso del sector privado, la sanción podrá ser de 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Claves del tema

¿El descanso por votar equivale a un día completo libre?

No. La ley establece que quienes voten tienen derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado, la cual debe disfrutarse dentro del mes siguiente a la elección y en acuerdo con el empleador.

¿Es obligatorio presentar el certificado electoral?

Sí. El certificado electoral es el documento que demuestra la participación en las elecciones y permite acceder a los beneficios contemplados por la ley para los votantes.

¿Se pueden disfrutar seguidos el día de la familia y el descanso por votar?

Sí. Según explicó el abogado Iván Jiménez a La FM, ambos beneficios pueden solicitarse de manera consecutiva, ya que corresponden a derechos diferentes. Sin embargo, las fechas deben coordinarse previamente con el empleador.





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