Bogotá se prepara para la primera jornada del Día sin carro y sin moto, una iniciativa que busca sensibilizar a la ciudadanía sobre la movilidad urbana sostenible y el respeto al medio ambiente.
Esta jornada se implementa desde el año 2000, luego de una consulta popular realizada en 1999, y es vista como una oportunidad para limpiar el aire de la capital y realizar un ejercicio pedagógico sobre los modos de circulación en la ciudad.
La fecha en la que se desarrollará esta jornada especial es el jueves 5 de febrero, entre las 5:00 a. m. y las 9:00 p. m., según lo establecido en el Decreto 036 de 2023. El objetivo de la medida es reducir la congestión vehicular y los niveles de contaminación, así como fomentar el uso de formas de transporte alternativas, como el transporte público, la bicicleta o caminar.
Si bien el Día Mundial sin Carro se conmemora el 22 de septiembre, Bogotá mantiene su propia fecha, que se ajusta a sus necesidades de movilidad y de gestión ambiental.

Alcaldía aclara si pueden circular los automóviles eléctricos
De acuerdo con el Decreto 036 de 2023, el Día sin carro y sin moto tiene como propósitos “incentivar la equidad del espacio público, la transformación cultural hacia la movilidad sostenible y proteger la calidad del aire”.
Por eso, aunque existan algunas excepciones, la medida aplica para la mayoría de vehículos, incluyendo a quienes pagan el pico y placa solidario. “Se recomienda a las organizaciones públicas y privadas que funcionan en Bogotá D. C. implementar acciones de movilidad urbana sostenible durante la jornada entre sus colaboradores mediante alternativas como: trabajo en casa y/o teletrabajo, escalonamiento de horarios laborales, caminata, uso del transporte público, uso de la bicicleta y micromovilidad, entre otros”, añade la mencionada norma.
Sin embargo, dicha disposición también aclara los tipos de vehículos que están eximidos de la restricción de movilidad, dentro de los cuales se encuentran los vehículos propulsados por motores eléctricos o de cero emisiones, incluyendo motocicletas. Estos son algunos de los vehículos a los que no les aplicará la restricción:
- Vehículos eléctricos o de cero emisiones, incluidas las motocicletas.
- Transporte público.
- Transporte escolar.
- Vehículos de emergencia: ambulancias, carros de bomberos y otros vehículos de atención urgente podrán transitar sin restricciones.
- Vehículos de transporte de valores.
- Motocicletas destinadas a servicios de mensajería, domicilios, vigilancia y seguridad privada.
- Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección (UNP): aquellos destinados a la protección de personas en situación de riesgo.
- Vehículos con capacidad para más de 10 pasajeros.
- Vehículos diplomáticos o consulares.
- Vehículos militares, de la Policía Nacional y de organismos de seguridad del Estado, incluyendo los del CTI seccional Bogotá.
- Carros fúnebres.
- Vehículos destinados al transporte de personas con discapacidad.

¿Cuál es el valor de la multa por circular durante el Día sin carro y sin moto?
Los conductores que infrinjan la norma deberán asumir una sanción económica de 633.200 pesos para el año 2026. Esta multa corresponde a la infracción C14 del Código Nacional de Tránsito, que se aplica por “transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente”.
Además de la multa, la normativa establece que el vehículo será inmovilizado. Esto genera costos adicionales para el propietario, quien deberá cubrir los gastos del servicio de grúa y el tiempo que el vehículo permanezca en los patios autorizados por la Secretaría de Movilidad.