El gobierno de Abelardo de la Espriella expidió una serie de decretos en medio del estado de emergencia declarado por el terremoto ocurrido el 10 de agosto pasado, con el fin de inyectar recursos a las zonas afectadas.
Uno de los decretos más importantes es el 1383 del 9 de septiembre de 2026, que permite a las entidades territoriales de los departamentos y municipios afectados utilizar los recursos del Fondo Nacional de Pensiones Territoriales (Fonpet).
En otras palabras, el decreto permite usar excepcionalmente recursos destinados al pasivo pensional para atender la emergencia. Según el Gobierno, la medida es extraordinaria y temporal, con requisitos y controles fiscales, y no pondrá en riesgo el pago de las pensiones.

¿Para qué se pueden utilizar los recursos pensionales?
Según explica el decreto, los municipios y departamentos afectados por el terremoto podrán usar los recursos del Fonpet para tres objetivos principales:
- Financiación de la nómina de pensionados: los fondos acumulados en el Fonpet se utilizarán para pagar las mesadas pensionales de la administración central y del sector salud en las entidades territoriales afectadas. Al asumir el fondo este pago, los municipios y departamentos liberan sus ingresos propios para destinarlos directamente a la atención de la emergencia.
- Retiro de excedentes en Educación y Propósito General: las entidades territoriales que cuenten con una cobertura del 100 % de su pasivo pensional en todos los sectores podrán retirar sus excedentes en los sectores de Educación y Propósito General para financiar la respuesta a la crisis. Esta medida reabre excepcionalmente la ventana de trámites, manteniendo sin modificaciones las exigencias de cobertura pensional requeridas por la ley.
- Reconstrucción de la red pública de salud: excepcionalmente, durante 2026 se autorizó que los excedentes del sector salud en el Fonpet se destinen a la recuperación y reconstrucción física de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) públicas que resultaron dañadas por el sismo. Para desembolsar estos recursos, los proyectos deben contar obligatoriamente con el concepto técnico de viabilidad del Ministerio de Salud y Protección Social.
Plazos y condiciones legales de uso
- Plazos extraordinarios de trámite: por única vez en la vigencia 2026, se habilitó un plazo de 30 días hábiles para presentar o corregir los requisitos exigidos ante el Ministerio de Hacienda, y de 45 días hábiles para solicitar formalmente el retiro de los fondos.
- Uso exclusivo de los fondos: los recursos autorizados deben encaminarse única y exclusivamente a atender la perturbación e impedir que se agraven los efectos de la calamidad, sin que puedan utilizarse como fuente general de financiación para gastos ordinarios de las entidades territoriales.
¿Qué requisitos deben cumplir las entidades para acceder a los recursos del Fonpet?
Para acceder y hacer uso de los recursos del Fonpet bajo el Decreto 1383 de 2026, las administraciones territoriales deben cumplir con los siguientes requisitos y condiciones:
- Acreditación de afectación por la emergencia: pertenecer a uno de los 16 departamentos cobijados por el estado de excepción o ser un municipio que acredite afectación directa por el sismo del 10 de agosto (495 municipios habilitados en total).
- Cumplimiento de plazos procedimentales: Se deben presentar o corregir los requisitos habilitantes ante el Ministerio de Hacienda dentro de un plazo extraordinario de 30 días hábiles contados a partir de la expedición del decreto. Además, es necesario tramitar la solicitud formal de retiro de los recursos dentro de los 45 días hábiles siguientes a la publicación del decreto.
- Cobertura del 100 % para excedentes de Educación y Propósito General: acreditar que la entidad territorial ha alcanzado una cobertura del 100 % de su pasivo pensional en todos sus sectores. La norma no relaja ni disminuye este nivel de cobertura exigido por la ley; únicamente reabre la ventana de trámite para solicitar los fondos.

- Concepto técnico de viabilidad para infraestructura de salud: para destinar excepcionalmente los excedentes del sector salud a la recuperación física de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) públicas, los proyectos deben ajustarse a los instrumentos de planeación de inversiones y evaluación vigentes y contar obligatoriamente con el concepto técnico de viabilidad emitido por el Ministerio de Salud y Protección Social.
- Destinación exclusiva y restricción de uso: los fondos obtenidos deben destinarse única y exclusivamente a conjurar las causas de la perturbación (como cubrir la nómina pensional para liberar ingresos propios o reconstruir centros de salud). El decreto prohíbe utilizarlos como fuente general de financiación para gastos ordinarios de la entidad territorial.
Bloque de preguntas y respuestas
¿Qué permite el Decreto 1383 de 2026 sobre los recursos del Fonpet?
El Decreto 1383 permite a departamentos y municipios afectados por el terremoto del 10 de agosto utilizar excepcionalmente recursos del Fonpet para atender la emergencia, bajo condiciones y controles fiscales.
¿Para qué se pueden usar los recursos del Fonpet durante la emergencia?
Los recursos pueden financiar la nómina de pensionados, liberar ingresos propios para atender la emergencia y, en casos autorizados, financiar excedentes de Educación y Propósito General o reconstruir IPS públicas afectadas por el sismo.
¿Qué requisitos deben cumplir las entidades territoriales para acceder al Fonpet?
Las entidades deben acreditar su afectación por la emergencia y cumplir los plazos establecidos. Para retirar excedentes de Educación y Propósito General deben demostrar una cobertura del 100 % de su pasivo pensional.
¿Qué plazo tienen los municipios y departamentos para solicitar los recursos del Fonpet?
Las entidades cuentan con 30 días hábiles para presentar o corregir los requisitos ante el Ministerio de Hacienda y con 45 días hábiles para solicitar formalmente el retiro de los recursos.
¿Cómo se pueden utilizar los recursos del Fonpet para reconstruir hospitales?
Los excedentes del sector salud podrán destinarse durante 2026 a recuperar y reconstruir IPS públicas afectadas. Los proyectos requieren un concepto técnico de viabilidad del Ministerio de Salud.