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Procuraduría pide declarar inconstitucional el Plan Nacional de Desarrollo

El organismo dice estar de acuerdo con la demanda que alega que la ley viola la unidad de materia.

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Actualizado:
Jueves, Agosto 31, 2023 - 22:03
Presidente Gustavo Petro en la sanción del Plan Nacional de Desarrollo
Presidente Gustavo Petro en la sanción del Plan Nacional de Desarrollo
Presidencia

La Procuraduría pidió en un concepto entregado a la Corte Constitucional, que declare inexequible la ley del Plan Nacional de Desarrollo (PND) del Gobierno Nacional por no respetar el principio de unidad de materia que evita que en los proyectos de ley se tramiten otras iniciativas que no están relacionadas. 

El organismo dijo estar de acuerdo con los argumentos de los demandantes en los que aseguran que el PND vulnera varios principios al obligar que las entidades y corporaciones de Estado se afilien a la administradora de riesgos laborales públicos. 

Para la Procuraduría, esta ley modifica aspectos que deben ser discutidos en una iniciativa aparte y no establecerlo como un requisito obligatorio en un proyecto de las características del PND, pues estaría modificando la normativa ordinaria de seguridad social. 

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“Considera que la modificación pretendida por el legislador debió realizarse por medio de una ley ordinaria a fin de debatir de manera abierta y democrática la conveniencia de modificar el principio de libre escogencia del empleador en materia de aseguramiento de riesgos laborales en tratándose de instituciones del Estado”, se indica en el documento. 

En el concepto, la Procuraduría explica que la Unidad de Materia es un principio que deben cumplir todas las leyes de la República para mantener la discusión de la iniciativa centrada en un tema puntual y evitar que se aborden varios asuntos en un mismo debate. 

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Además, aseguran que con esta ley se desconoce un principio contemplado en la Constitución en el que se permite favorecer a una entidad en la contratación con la Nación sin que se afecte libertades económicas. 

“Desconoce el precedente constitucional, según el cual es válido que el legislado establezca determinados tratos preferenciales en materia de contratación con instituciones del Estado para favorecer a las aseguradoras de riesgos profesionales públicas siempre que no llegue a anular las libertades económicas o a violentar el principio de igualdad”, concluye el concepto. 

Finalmente, la Procuraduría asegura que no es razonable que a través de una norma del Plan Nacional de Desarrollo, se pretenda eliminar del mercado la competencia entre los agentes existentes en el sector, por medio de la exclusión de las aseguradoras privadas. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información