En esta Nota:
Breadcrumb node

Preparan decreto para regular erradicación de cultivos ilícitos con aspersión aérea

El Instituto Nacional de Salud deberá autorizar la utilización del glifosato o de cualquier otro químico para la aspersión aérea.

Publicado:
Actualizado:
Martes, Febrero 16, 2021 - 20:53
Cultivos ilícitos
El Gobierno dejó claro que el crecimiento de cultivos ilícitos en Colombia no ha parado.
Foto: Colprensa

El Ministerio de Justicia estructura el proyecto del decreto con el que buscar regular la erradicación de cultivos ilícitos con aspersión aérea en el país para garantizar la protección del medio ambiente y de la población que se encuentre en la zona de influencia.

El borrador del decreto señala que este busca regular "el control de los riesgos para la salud y el medio ambiente en el marco de la erradicación de cultivos ilícitos mediante el método de aspersión aérea”.

Lea además: Citan al ‘Tuso’ Sierra en caso de Álvaro Uribe por manipulación de testigos

En el documento se advierte que el Consejo Nacional de Estupefacientes deberá garantizar la destrucción total de los cultivos ilícitos. Así como identificar las zonas en las que se adelantará el proceso de erradicación y el inicio de las operaciones aéreas.

“Corresponde al Consejo Nacional de Estupefacientes disponer la destrucción de cultivos de marihuana, coca y demás plantaciones de las cuales se puedan extraer sustancias que produzcan dependencia, con la utilización de los medios más adecuados, previo concepto favorable de los organismos encargados de velar por la salud de la población y por la preservación y el equilibrio del ecosistema del país”, señala uno de los apartes del proyecto de decreto.

En el documento se señala que deben quedar excluidas del plan de destrucción de cultivos ilícitos las áreas que hagan parte del Sistema de Parques Nacionales, Naturales al igual que los páramos y las zonas de reserva protegidas.

“El Consejo Nacional de Estupefacientes, en el momento de disponer la destrucción de cultivos ilícitos mediante el método de aspersión aérea, debe definir el ámbito territorial donde se ejecutarán los programas y, en todo caso, debe excluir las áreas del Sistema Parques Nacionales Naturales y los Parques Naturales Regionales, los ecosistemas estratégicos como páramos, humedales categoría Ramsar y manglares, los cuerpos de agua y los centros poblados. De cualquier manera, el Consejo Nacional de Estupefacientes debe sujetarse al marco constitucional y legal vigente”, se recalca.

En el borrador del decreto se advierte que se debe garantizar que las comunidades participen de todas las fases del programa de aspersión aérea para la erradicación de los cultivos ilícitos.

Igualmente deberán ser atendidas todas las quejas, denuncias y preocupaciones que tengan los habitantes de las zonas en las que se adelantará este proceso. De acuerdo con el Gobierno, también tendrán que responderse a las denuncias sobre efectos nocivos a la salud y al medio ambiente.

Lea también: Iván Cepeda advierte que Fiscalía está cambiando la investigación en favor de Uribe

Cada tres meses la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y el Instituto Nacional de Salud deberán entregar un informe al CNE en el que evalúen las condiciones en las que se ha efectuado la erradicación de los cultivos ilícitos con aspersión aérea y deberán tomarse decisiones encaminadas a mantener, modificar o suspender las actividades de destrucción de dichos cultivos.

En ese mismo sentido,el Ministerio de Justicia aclara que el químico que se utilice, sea glifosato o cualquier otro, deberá ser autorizado previamente por el Instituto Nacional de Salud.

El programa de erradicación de cultivos ilícitos será puesto en marcha por la Dirección Antinarcóticos de la Policía Nacional (DIRAN). Cada mes deberá entregarse un informe en el que se detallen las actividades realizadas

“El ejecutor del programa debe presentar mensualmente a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), al Ministerio de Salud y Protección Social, al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) y al Fondo Nacional de Vivienda (FONVIVIENDA), un informe de las operaciones de aspersión que se hayan realizado en el respectivo mes”, señala el documento.

También se deben adjuntar documentos que certifiquen las zonas en las que se han efectuado las aspersiones del químico que se autorice en las zonas previamente identificadas como afectadas por la siembra de cultivos ilícitos.

Le puede interesar: Eduardo Pulgar: Procuraduría dice que mantiene la competencia en investigación

“Se tendrán en cuenta las constancias que obren relacionadas con los reportes de vuelo de localización satelital e informes parciales o finales de monitoreo del programa de erradicación de cultivos ilícitos en el territorio asperjado”.

En la construcción de este proyecto de decreto están participando expertos que están haciendo aportes y también ajustes al documento.

Se busca dar cumplimiento a los lineamientos que definió la Corte Constitucional para la reanudación de la aspersión aérea en Colombia, entre los cuales se encuentran la protección a la salud, el medio ambiente, la socialización y consulta previa a las comunidades además, del control y monitoreo constante a este tipo de erradicación.

Fuente:
Sistema Integrado de Información