Gobierno expidió el decreto Único Reglamentario de la Reforma Pensional
El documento define las reglas del nuevo modelo pensional, el rol de los agentes que lo operarán, los requisitos para acceder a la pensión.

El Ministerio de Trabajo confirmó que expidió el decreto Único Reglamentario de la Reforma Pensional, número 514, con el que se detalla las reglas de aplicación de la Ley 2381 de 2024, mediante la cual se establece un nuevo Sistema de Protección Social Integral para la Vejez.
Según la entidad en este documento se definen temas importantes como la implementación de los pilares del sistema, el rol que tendrán los nuevos agentes que operarán el nuevo esquema, los requisitos para acceder a pensión y a las rentas solidarias tanto en el pilar semi contributivo como en el solidario.
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“Se incluye el tratamiento especial hacia las mujeres afiliadas al sistema con respecto a la disminución progresiva del número mínimo de semanas exigidas para el reconocimiento de la pensión integral de vejez, que se estableció en 1.000 hasta el 2036”, indicó el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino.
Además señaló que es la reglamentación de todo el sistema de pensiones que a partir del primero de julio del 2025 entrará en vigencia en Colombia.
“Este documento es la médula de la ley que da vida a un nuevo esquema de protección a la vejez, en el que se integran los regímenes actuales y los hace complementarios, a fin de consolidar una oferta amplia para los trabajadores, tanto a través del pilar contributivo, como del solidario que se diseñó para proteger a quienes no alcanzan a tener pensión, o para los mayores que requieren la solidaridad del Estado”, explicó.
El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, además destacó, el punto relativo a la construcción de ahorro, que también quedó incluido.
“El Fondo de Ahorro, un gran activo, que hace parte de la disposición, el marco normativo para la administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, FAPC, que estará a cargo del Banco de la República y cuyos recursos contribuirán con la financiación del pago de las obligaciones prestacionales en el pilar contributivo del sistema”, dijo.
Subrayó que también regula las funciones de la entidad financiera, brinda los lineamientos generales de la política de inversión, determina el funcionamiento del Comité Directivo de dicho fondo, que estará integrado por tres funcionarios del Gobierno y cuatro miembros expertos.
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“Así mismo, instaura los criterios y procedimientos para la selección de esos cuatro expertos por parte del Banco de la República, así como la definición de un estricto régimen para evitar conflictos de interés”, manifestó.
Recalcó que dentro de las funciones del Comité Directivo están la de aprobar la política de riesgos y administración e inversión de los recursos del FAPC, así como presentar informes periódicos al Congreso, entre otras.
“Para la implantación de este Decreto Único Reglamentario, DUR, y de la Ley 2081, se tiene el Comité de Transición Operativa, liderado por el Ministerio de Trabajo y en el que participan la Superintendencia Financiera, el Ministerio de Hacienda, la administradora pública, Colpensiones y las privadas: Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia, agremiadas en Asofondos y, recientemente Positiva como nueva Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual, (ACCAI)”, añadió.
Según el Ministerio de Trabajo a la fecha, se tienen más de 10 comités con reuniones semanales, cada uno con su cronograma, y en los que identificaron 58 temas específicos y
94 actividades a desarrollar sobre las que se están trabajando; tareas exclusivamente de la relación entre Colpensiones y las administradoras privadas.
“Los resultados de estas reuniones dejan un avance del 69% -sobre una meta de 75%- en el proceso de implementación, particularmente, en las definiciones de la interacción operativa entre los dos componentes del pilar contributivo del nuevo sistema, entre Colpensiones y las ACCAI, cubriendo todas las etapas, desde la afiliación hasta el reconocimiento de las prestaciones, pasando por el recaudo, la historia laboral y la atención del afiliado, entre otros”, aseguró.
Afirmó que el decreto resalta que la oportunidad de traslado entre regímenes pensionales, se encuentra operando y arroja ya más de 130 mil personas que han acudido a las dobles asesorías y 70 mil traslados efectivos al 30 de abril de este año.
Cuatro pilares para un sistema integral
El decreto estructura el sistema en cuatro pilares fundamentales:
Pilar Solidario: Brinda una Renta Básica Solidaria a adultos mayores en condiciones de pobreza extrema o vulnerabilidad. Se financia con recursos del Fondo de Solidaridad Pensional y el Presupuesto General de la Nación.
Pilar Semicontributivo: Dirigido a personas que han cotizado entre 300 y menos de 1.000 semanas (1300 para hombres desde 2036) y no alcanzan una pensión completa. Ofrece una Renta Vitalicia mensual no heredable ni sustituible.
Pilar Contributivo: Incluye un Componente de Prima Media, administrado por Colpensiones, y uno Complementario de Ahorro Individual. Este pilar es obligatorio para trabajadores dependientes e independientes con capacidad de pago, rentistas de capital y demás aportantes.
Pilar de Ahorro Voluntario: Permite a las personas realizar aportes adicionales para fortalecer su pensión futura.
Sostenibilidad y solidaridad: principios rectores
El Decreto 0514 enfatiza la sostenibilidad financiera y la solidaridad intergeneracional como principios claves. Se establece un nuevo fondo —el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo— administrado por el Banco de la República, con el fin de respaldar las obligaciones del sistema a largo plazo. También se promueve el reconocimiento del trabajo no remunerado de cuidado, permitiendo a mujeres con hijos acceder a beneficios especiales como reducción de semanas para pensión.
Invalidez y sobrevivencia con enfoque de derechos
La norma también contempla mecanismos justos para el reconocimiento de pensiones por invalidez y de sobrevivientes, así como la indemnización sustitutiva y la devolución de saldos cuando no se cumplan requisitos mínimos. Se incorpora un enfoque de discapacidad con revisión periódica y derecho al trabajo para personas pensionadas por invalidez.
Sistema más justo y transparente
El decreto ordena la creación de registros administrativos actualizados y mecanismos de asesoría integral para quienes deseen renunciar al régimen de transición, permitiendo una decisión informada. La ciudadanía tendrá acceso permanente a la información sobre sus semanas cotizadas, aportes y rendimientos, promoviendo la transparencia y la pedagogía.
Ampliación de cobertura y equidad
Un aspecto destacado es la posibilidad de realizar cotizaciones estacionales, beneficiando a trabajadores rurales o informales con ingresos irregulares. También se incluyen de forma prioritaria a poblaciones tradicionalmente excluidas: comunidades indígenas, afrodescendientes, campesinos y migrantes.