Reforma pensional sigue en vilo: Corte Constitucional aclaró su decisión y asegura que el debate sigue abierto

La Corte Constitucional avaló más de 80 artículos de la reforma pensional, que comenzará a regir en 2027, pero nueve deberán volver al Congreso.
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El nuevo sistema pensional contempla cuatro pilares y establece cambios en la forma en que los trabajadores realizarán sus aportes para la jubilación. Crédito: Colprensa y Corte Constitucional

El 25 de agosto de 2026, la Corte Constitucional dejó en firme más de 80 artículos de la Ley 2381 de 2024, que da vida a la reforma pensional del gobierno de Gustavo Petro, por medio de su sentencia C-264 de 2026. Solo devolvió nueve artículos, que deberán repetir su trámite legislativo en la Cámara de Representantes.

De esta forma, el nuevo sistema pensional entrará en vigencia a partir del 1 de abril de 2027. Estará conformado por cuatro pilares:

  • Pilar solidario: está diseñado para entregar una renta básica mensual a las personas que se encuentran en condiciones de extrema vulnerabilidad.
  • Pilar semicontributivo: brinda una renta vitalicia a aquellos ciudadanos que, aunque ya alcanzaron la edad de jubilación, no logran completar las semanas de cotización necesarias.
  • Pilar contributivo: organiza las cotizaciones según el nivel de ingresos de los trabajadores. Quienes ganen hasta 2.3 salarios mínimos cotizarán obligatoriamente en Colpensiones, mientras que aquellos con ingresos que superen ese límite aportarán el excedente a los fondos privados de pensiones.
  • Pilar de ahorro voluntario: permite que las personas con capacidad de pago realicen aportes adicionales de manera voluntaria en los fondos de pensiones para mejorar su mesada a futuro.
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La Corte Constitucional avaló más de 80 artículos de la reforma pensional, que entrará en vigencia en abril de 2027 con un sistema de cuatro pilares.Crédito: Corte Constitucional

¿Cuál fue la aclaración que hizo la Corte sobre la reforma pensional?

A pesar de que la reforma pensional ya está lista para entrar en vigencia al haber superado los vicios en su trámite legislativo, la Corte aclaró que esa solo fue una decisión frente a "otras demandas" que tiene la ley encima.

La demanda cuestionaba cómo se tramitó la ley en el Congreso, especialmente en la Cámara de Representantes. Por eso, la Corte analizó exclusivamente vicios de procedimiento, no el contenido de fondo de la reforma”, expresó el alto tribunal.

Eso quiere decir que lo que analizó fue si se cumplieron con los lineamientos establecidos para su aprobación en el Congreso de la República, más no el contenido de fondo de cada artículo. De tal manera que el futuro de la ley sigue en vilo, toda vez que se deben estudiar otras demandas en su contra.

La contrarreforma que acecha a la reforma pensional

Por si fuera poco, la reforma pensional enfrenta otro obstáculo que le impediría ver la luz: en el Congreso de la República se prepara una contrarreforma que echaría para atrás todo lo aprobado en la Ley 2381 de 2024.

El presidente Abelardo de la Espriella ya expresó la idea de volver a darle a los colombianos la libertad de elegir entre un fondo privado o el fondo público y permitir nuevamente la devolución de saldos, algo que desaparece con el pilar semicontributivo de la reforma.

Ya algunos congresistas del Centro Democrático anunciaron su intención de radicar una contrarreforma. De hecho, el expresidente Uribe propuso por medio de su cuenta de X un sistema en el que Colpensiones sea eliminado, que cada colombiano ahorre en un fondo privado y que el Estado se encargue exclusivamente del programa Adulto Mayor.

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La Corte Constitucional precisó que su decisión sobre la reforma pensional se limitó a revisar el trámite legislativo, mientras otras demandas y una posible contrarreforma aún podrían modificar su futuro.Crédito: Colprensa

Bloque de preguntas y respuestas

  • ¿Cuándo entra en vigencia la reforma pensional de Colombia?

    La reforma pensional establecida en la Ley 2381 de 2024 entrará en vigencia el 1 de abril de 2027. El nuevo sistema estará compuesto por cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario.
  • ¿Qué decidió la Corte Constitucional sobre la reforma pensional?

    El 25 de agosto de 2026, la Corte Constitucional dejó en firme más de 80 artículos de la reforma pensional mediante la sentencia C-264 de 2026. Nueve artículos fueron devueltos a la Cámara de Representantes para repetir su trámite legislativo.
  • ¿Cómo funcionarán los cuatro pilares de la reforma pensional?

    El pilar solidario otorgará una renta básica a personas en extrema vulnerabilidad y el semicontributivo una renta vitalicia a quienes no completen las semanas requeridas. El contributivo distribuirá aportes entre Colpensiones y fondos privados según los ingresos, mientras el ahorro voluntario permitirá realizar aportes adicionales.
  • ¿Qué demandas aún enfrenta la reforma pensional de Gustavo Petro?

    La Corte Constitucional aclaró que su decisión analizó únicamente posibles errores en el trámite legislativo y no el contenido de fondo de la ley. Por ello, todavía deben resolverse otras demandas que cuestionan distintos aspectos de la reforma pensional.
  • ¿Qué propone la contrarreforma pensional que se prepara en el Congreso?

    La contrarreforma busca modificar o revertir varios elementos de la Ley 2381 de 2024. Entre las propuestas están recuperar la libertad para elegir entre fondos privados y Colpensiones y permitir nuevamente la devolución de saldos.

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