La controversia sobre el uso de los interrogatorios rendidos por Nicolás Petro Burgos sumó un nuevo capítulo este lunes durante la audiencia que se adelanta en su contra. El juez Especializado de Barranquilla, Hugo Carbonó, rechazó de plano la solicitud de la Fiscalía General de la Nación que buscaba reincorporar dichas declaraciones al proceso penal que se le sigue por los presuntos delitos de lavado de activos y enriquecimiento ilícito.
La petición del ente investigador pretendía revertir una determinación previa que había dejado sin validez probatoria los interrogatorios practicados al exdiputado del Atlántico. Según la tesis de la Fiscalía, las manifestaciones del procesado fueron realizadas de manera voluntaria y sin que existiera un acuerdo formal que condicionara su entrega a la obtención de beneficios judiciales inmediatos.
No obstante, el despacho judicial concluyó que las declaraciones estuvieron estrechamente vinculadas a las conversaciones preliminares adelantadas entre las partes para explorar mecanismos de colaboración. Para el administrador de justicia, ese contexto es determinante al momento de valorar la legalidad y la génesis de los elementos materiales probatorios.
“La actuación permite concluir que los interrogatorios cuya exclusión se dispuso no pueden ser entendidos como simples manifestaciones libres y desprovistas de contexto, como lo sugiere la Fiscalía al dar a entender que no se materializó ese principio de oportunidad. Por el contrario, se enmarcan dentro de acercamientos y conversaciones orientadas a la eventual aplicación de un principio de oportunidad”, explicó el juez Carbonó.
En consecuencia, el juzgado ratificó que es improcedente que esos testimonios sean utilizados posteriormente por el ente acusador dentro del juicio oral. El despacho respaldó los planteamientos de la defensa técnica y del Ministerio Público, que advirtieron sobre una flagrante violación a los derechos fundamentales del procesado, tales como el derecho a guardar silencio y la garantía constitucional de no autoincriminarse.
Con el recurso de reposición resuelto en contra de la Fiscalía, los polémicos interrogatorios permanecerán definitivamente excluidos del debate probatorio en la etapa de juicio.
Las tres decisiones clave del juez Hugo Carbonó
Durante la densa jornada judicial de este lunes, el titular del despacho resolvió de manera consecutiva los requerimientos elevados por los intervinientes, fijando una postura estricta frente al avance del cronograma procesal:
- Rechazo a la reincorporación de interrogatorios: El despacho judicial negó el recurso de la Fiscalía, dejando en firme la exclusión de las confesiones iniciales de Nicolás Petro, al comprobarse que se recaudaron bajo la expectativa de un principio de oportunidad que nunca se concretó.
- Negativa a separar a la fiscal y suspender la diligencia: El abogado defensor, Alejandro Carranza, solicitó apartar del cargo a la fiscal Lucy Laborde y suspender la audiencia debido a la presunta exhibición irregular del rostro del hijo menor del procesado. Pese a que Henry Bustos, delegado de la Procuraduría General de la Nación, apoyó la suspensión, el juez Carbonó rechazó la petición argumentando que las facultades de su despacho deben ejercerse bajo el principio de legalidad y estricta competencia.
- Freno a nuevos aplazamientos del juicio: El juez cuestionó con dureza los constantes retrasos que ha sufrido el expediente, advirtiendo que dilatar la actuación vulnera los derechos de las víctimas y de la sociedad. "Han transcurrido varios meses donde ni siquiera el juzgado ha podido pronunciarse para resolver unos recursos", reprochó el funcionario.
Restricción operativa a la Fiscalía
Respecto al estado de la recusación que cursa contra la fiscal Laborde, el juez aclaró que la funcionaria ya no tiene margen de maniobra para alterar el curso inmediato de la etapa preparatoria, puesto que el debate de las pruebas ya concluyó.
“El juzgado en este caso es totalmente obediente y acata la ley; no se va a apartar de ella. La Fiscalía ya no va a intervenir en esta fase y el Ministerio Público fue explícito al señalar que el ente acusador ya no formulará peticiones de fondo: no va a hacer solicitudes probatorias, no se va a oponer a exclusiones y no realizará alegatos de conclusión”, puntualizó el director del proceso, confirmando que el trámite restante se concentra exclusivamente en las decisiones de su resorte judicial.
Claves del tema en tres preguntas
¿Por qué el juez decidió mantener excluidos los interrogatorios de Nicolás Petro?
El juez Hugo Carbonó concluyó que las declaraciones fueron entregadas en medio de acercamientos entre la defensa y la Fiscalía para explorar un eventual principio de oportunidad. Por ello, consideró que no podían ser tratadas como manifestaciones aisladas y que su utilización en el juicio podría afectar garantías fundamentales del procesado.
¿Qué buscaba la Fiscalía con el recurso de reposición?
La Fiscalía pretendía revocar la decisión que había declarado ilícitos los interrogatorios de Nicolás Petro. El ente acusador argumentó que las declaraciones fueron rendidas de manera libre y voluntaria, sin estar condicionadas a la obtención de beneficios judiciales.
¿Qué otras solicitudes fueron resueltas durante la audiencia?
La defensa de Nicolás Petro pidió apartar a la fiscal Lucy Laborde y suspender la audiencia, alegando una actuación irregular relacionada con la exhibición del hijo del procesado. Sin embargo, el juez rechazó ambas peticiones al considerar que no existían fundamentos legales para acceder a ellas y advirtió que nuevos aplazamientos afectarían los derechos de las víctimas y el avance del proceso.