Corte Suprema pone 'tatequieto' a los matrimonios por interés

El alto tribunal anuló un matrimonio con el que una joven pretendía quedarse con el seguro de vida de su anciano marido.
Octavio Augusto Tejeiro, presidente de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia
Octavio Augusto Tejeiro, presidente de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia Crédito: Foto tomada del video

La Corte Suprema de Justicia le puso un 'tatequieto' a aquellas personas que se casan por interés con el fin de quedarse con los dineros de la pareja cuando ésta muere. En una reciente decisión, dijo que los matrimonios fingidos pueden ser anulados bajo la figura de ‘matrimonio simulado’; el pronunciamento se dio al negarle a una mujer el seguro de vida que había dejado su anciano marido al fallecer.

El hombre tenía 95 años cuando se casó con la joven, en junio de 2006, y ella tenía 28. Él falleció tres años después, en 2009, de modo que ella tenía, supuestamente, la posibilidad de reclamar el millonario seguro de vida que él había dejado. La mujer decía que supuestamente tenía todo el derecho de reclamar el dinero vitalicio dado a que el hombre no tenía descendientes.

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Sin embargo, la aseguradora se negó a entregar ‘la renta vitalicia’ al considerar que el matrimonio entre la pareja no había sido real. La mujer interpuso tutela y el Juez Quinto Civil del circuito de Cali le dio la razón a la aseguradora. Esa decisión fue confirmada por el Tribunal Superior de esa misma ciudad.

Esta es la explicación del magistrado:

El caso llegó hasta la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia que le dio la razón al Tribunal al señalar que es cierto que en ciertos casos puede darse la simulación de matrimonio.

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“Había una simulación matrimonial. La Corte sostuvo que es cierto que puede dar la figura de la simulación de contratos frente al matrimonio. Era razonable la conclusión del Tribunal en el sentido de poder afirmar que la voluntad expresada en el acto matrimonial había sido distinta de la voluntad secreta o interna de los supuestos contrayentes”, dijo el magistrado Octavo Tejeiro, presidente de la Sala Civil de la Corte Suprema.

En la propia sentencia se lee que un matrimonio puede ser fingido cuando la pareja “declara públicamente querer contraer nupcias, con todos los derechos y obligaciones connaturales", pero "su intención real es otra totalmente diferente, estando así ante una discrepancia entre la voluntad y su revelación”.

Con testimonios, además, se probó que la joven mujer incluso tenía otra pareja sentimental: “Nunca percibió que entre el ahora fallecido y la demandada hubiese existido una relación camal o de pareja, pues les dispensó siempre el trato familiar de nietas”, dijo uno de los testigos.

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