Magistrados de JEP rechazaron postulación de antiguo escolta de Carlos Pizarro

Es investigado por su presunta responsabilidad en el magnicidio de líder del extinto M-19, ocurrido el 26 de abril de 1990.
Carlos Pizarro
Crédito: María José Pizarro

Los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) determinaron rechazar la postulación realizada ante ese tribunal por parte de Jaime Ernesto Gómez, antiguo escolta de Carlos Pizarro, investigado por su presunta responsabilidad en el magnicidio de líder del extinto M-19, ocurrido el 26 de abril de 1990.

De acuerdo con el análisis realizado por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP el aporte a la verdad ofrecido por parte de Jaime Ernesto Gómez resulta ser ambiguo e incompleto y por ello, concluyó que no es procedente acoger su sometimiento.

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La JEP dejo en claro que sí hay suficientes elementos de prueba que llevan a señalar que el magnicidio de Carlos Pizarro Leongómez fue perpetrado en el marco del conflicto armado colombiano, pero ello no es razón suficiente para aceptara la postulación de su antiguo escolta.

"Rechazar la solicitud de sometimiento a la Jurisdicción Especial para la Paz presentada por el señor Jaime Ernesto Gómez Muñoz quien, actualmente, se encuentra procesado y privado de la libertad en el Complejo Carcelario y Penitenciario Metropolitano de Bogotá “COMEB”, por ineptitud de su compromiso claro, concreto y programado, de conformidad con las razones expuestas en esta resolución", señaló la JEP.

En su decisión se reconoce la calidad de víctimas e intervinientes especiales a María José Pizarro Rodríguez, hija de Carlos Pizarro Leongómez; Claudia Alexandra Barón Rodríguez; María Del Mar Pizarro García; y Laura Patricia García, con el fin de notificarles la respectiva decisión.

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En su decisión la JEP indicó que "los aportes que hace el señor Gómez Muñoz , como tantas veces se ha dicho, no constituyen verdad plena en relación con las personas que señala, teniendo en cuenta que son dados en términos muy generales de los que ya ha conocido y ha llegado a conclusiones la justicia ordinaria, y no aporta detalles de responsabilidad que permitan una individualización concreta de responsabilidad y su correspondencia con otros hechos delictivos o contextuales relevantes para esta Jurisdicción".

La JEP añadió que contra esta decisión proceden los recursos de reposición y apelación.


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