Gobierno otorgaría subsidios a quienes desarrollen proyectos solares

Los recursos serían otorgados a los usuarios que habiten en zonas no interconectadas, que implementen este tipo de proyectos.
Energía solar
El objetivo es que los beneficiarios cubran los costos de administración, operación y mantenimiento de los proyectos. Crédito: Ingimage

Con recursos del Presupuesto General de la Nación y/o con recursos del Sistema General de Regalías, el Ministerio de Minas y Energía buscará otorgar subsidios a usuarios que se encuentren ubicados en las zonas no interconectadas, y que a su vez implementen proyectos con soluciones solares fotovoltaicas individuales con o sin almacenamiento.

El objetivo del Gobierno es que con los subsidios otorgados, los beneficiarios puedan cubrir los costos de administración, operación y mantenimiento de los proyectos que adelantan.

"La implementación de proyectos de generación con soluciones solares fotovoltaicas individuales, como alternativa para la prestación, cumple con el propósito de ampliar la cobertura y procurar la satisfacción de la demanda de energía en las zonas no interconectadas, de una manera eficiente y resiliente, comprometida con la reducción de emisiones de carbono", indicó Minminas.

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El Ministerio también recalcó que los subsidios que sean asignados no podrán exceder el valor de los consumos básicos o de subsistencia. El consumo de subsistencia expresado en kilovatios hora mes será determinado por la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) para las zonas no interconectadas, el cual podrá ser diferente al establecido en el Sistema Interconectado Nacional.

En cuanto al monto total de los subsidios, este será tomado a partir de la estratificación de los usuarios de las localidades en las zonas no interconectadas y el costo de prestación del servicio aprobado por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) para dichas localidades, actualizado a diciembre del año inmediatamente anterior a la respectiva vigencia, y la tarifa a diciembre del año inmediatamente anterior, aplicada a los usuarios residenciales correspondientes al mismo estrato del mercado de comercialización incumbente, del Sistema Interconectado Nacional - SIN, en el departamento donde se encuentran ubicadas las localidades.

Si por alguna razón la localidad está ubicada en algún departamento que no pertenezca al Sistema Interconectado Nacional, el Gobierno tomará como referencia la tarifa aplicable en la capital del departamento del SIN con punto de conexión a 115 kv más cercano a la capital del departamento al cual pertenece la localidad.

Para el desembolso de los subsidios asignados anualmente, los prestadores del servicio deberán haber reportado oportunamente la información solicitada a través del Sistema Único de Información, SUI.

Así pues, el proyecto de resolución estará publicado hasta el próximo tres de abril del presente año en la página del Ministerio de Minas y Energía, donde los interesados podrán realizar comentarios y propuestas sobre este proyecto gubernamental.


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