Breadcrumb node

Tumban fallo contra Gustavo Petro por bajar las tarifas de Transmilenio

Esta rebaja la hizo efectiva Gustavo Petro cuando ejerció como Alcalde Mayor de Bogotá en el año 2012.

Publicado:
Actualizado:
Miércoles, Mayo 25, 2022 - 16:00
Gustavo Petro / Elecciones 2022: Propuestas ambientales de Petro, Fico, Rodolfo y Fajardo con ‘plastilina’
Gustavo Petro, candidato del Pacto Histórico.
Colprensa

Los magistrados del Tribunal Administrativo de Cundinamarca anularon el fallo que emitió en su momento la Contraloría Distrital, en el que se le condenó fiscalmente al hoy candidato presidencial Gustavo Petro Urrego por tomar la decisión de reducir las tarifas del Sistema Integrado de Transporte Público (SITP).

Esta rebaja la hizo efectiva Gustavo Petro cuando ejerció como Alcalde Mayor de Bogotá en el año 2012.

Esta decisión de primera instancia del Tribunal,  deja sin efecto legal la sanción de la Contraloría Distrital emitida el 27 de junio de 2016 que declaró responsable fiscalmente a Petro Urrego al considerar que incurrió en un detrimento patrimonial y lo condenaba a pagar de manera solidaria un monto superior a los 217 mil millones de pesos por las rebajas en las tarifas de Transmilenio.

Le puede interesar: Marihuana, aborto y desmonte del Esmad: Qué piensan Petro, Fico, Rodolfo y Fajardo

En atención del restablecimiento de derechos a favor del candidato presidencial, se ordenó dejar sin efecto “única y exclusivamente la condena de responsabilidad fiscal impuesta al señor Gustavo Francisco Petro Urrego, y dejar sin efectos su inclusión en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República y en el registro de inhabilidades de la Procuraduría General de la Nación o en su defecto cualquier registro donde aparezca el demandante Petro Urrego como responsable fiscal”.

El fallo que favorece a Gustavo Petro,  fue proferido por parte de los magistrados del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Moisés Rodrigo Mazabel Pinzón, Óscar Armando Dimaté Cárdenas y César Giovanni Chaparro Rincón.

Lea también: Elecciones presidenciales: ¿quiénes pueden votar en Colombia?

En atención a que se trata de una determinación de primera instancia,  la Contraloría Distrital tiene abierta la puerta para instaurar los recursos de ley para buscar apelar este fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

Fuente:
Sistema Integrado de Información