Solo médicos de Medicina Legal pueden decretar enfermedad grave para casa por cárcel

La respuesta se da tras una demanda que pretendía que médicos particulares puedan certificar también beneficio de casa por cárcel.
Casa por cárcel
Beneficio de casa por cárcel por enfermedad grave solo lo pueden decidir médicos de Medicina Legal. Crédito: Colprensa

La Corte Constitucional concluyó que no es posible presentar exámenes médico legales de expertos profesionales privados cuando se pretende solicitar el beneficio de casa por cárcel para un procesado por grave enfermedad.

El alto tribunal determinó que solamente el examen de médicos adscritos al Instituto de Medicina Legal es válido para ese tipo de peticiones judiciales.

Con una votación cinco a dos, la Sala Plena de la Corte negó la demanda que había presentado el abogado Jaime Granados en contra del articulo 314 de la ley 906 de 2004, con la que buscaba ampliar los requisitos para acceder a la casa por cárcel por grave enfermedad.

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La Sala determinó que si bien durante todo el proceso judicial el abogado podrá presentar exámenes de médicos privados para demostrar el estado de salud de su cliente, el examen de Medicina Legal es fundamental para buscar una detención domiciliaria.

"La mayoría consideró que la prueba es indispensable por lo cual, no es posible decretar la medida de suspensión de cambio intramural por casa por cárcel, si no se cuenta con el dictamen oficial de los médicos”, señaló la magistrada Gloria Ortíz.

La presidenta de la Corte Constitucional junto al magistrado Alberto Rojas Ríos salvaron su voto al considerar que en caso de enfermedad grave dada la urgencia y en ocasiones las dificultades de los médicos de Medicina Legal sí podría ser posible acudir a los dictámenes proferidos por médicos particulares.

Sin embargo, la última palabra para determinar el cambio de cárcel para un procesado será la decisión que tome el juez de la República a quien le corresponda el conocimiento del caso.

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En su demanda el abogado Granados consideraba que la norma violaba el principio de igualdad de armas, dado que Medicina Legal es un ente adscrito a la Fiscalía General.

En el estudio del caso, la Procuraduría General envió un concepto mostrado su desacuerdo con la demanda presentada señalando que Medicina Legal es una entidad independiente de la Fiscalía que posee personería jurídica, patrimonio independiente y autonomía administrativa y financiera, “de manera que no puede predicarse su subordinación respecto de la Fiscalía".


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