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Revelar expediente en caso Uribe dañaría la investigación y provocaría sanciones

La defensa del expresidente y senador, Álvaro Uribe, dijo que solicitó revelar la decisión que ordenó su detención domiciliaria.

Actualizado:
Lunes, Agosto 10, 2020 - 12:26
Álvaro Uribe en el Congreso de la República
Colprensa
Álvaro Uribe en el Congreso de la República con la bancada del Centro Democrático

La Corte Suprema de Justicia no puede hacer público aún el expediente o las pruebas del proceso de presunta manipulación de testigos, contra el expresidente y senador Álvaro Uribe y el representante Álvaro Hernán Prada, porque el caso se encuentra en etapa preliminar.

Así lo explicaron varios exmagistrados de la Corte Suprema de Justicia, después de que la defensa del expresidente, a través de un comunicado, asegurara que había solicitado a la Corte la revelación de la decisión que ordenó su detención domiciliaria.

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Los exmagistrados y penalistas consultados hablaron de artículos de la Ley 600 y el Código de Procedimiento Penal.

Así las cosas, la publicidad de las pruebas y el expediente solamente se conoce después de que la Corte acuse o llame a juicio a los investigados.

“La revelación al publico en este momento podría dañar metas de investigación (…) no es posible en este momento que una de las partes unilateralmente disponga que se revele toda la investigación, porque puede comprometer la investigación misma”, dijo el exmagistrado Edgardo Villamil.

Lo mismo señaló el abogado penalista, Gabriel Parra, para quien “el Código Penal establece que en la etapa de investigación las actuaciones serán reservadas. Solo podrán conocerlas los sujetos procesales”.

De acuerdo con el artículo 236 del Código de Procedimiento Penal (Ley 699 de 2000), en el juicio ya no hay reserva y, por lo mismo, las pruebas podrán ser de conocimiento público.

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Así mismo, la Ley 600 de 2000, que contempla el Código de Procedimiento Penal para los aforados constitucionales, como son los senadores de la República, en su artículo 330 habla de “las reservas sumarias”.

Es decir, ordena que durante la investigación no se puede dar información sobre las diligencias y pruebas que se van practicando "y, por lo mismo, las partes deben guardar esa reserva. Ello es una orden legal y la ley debe cumplirse", sostuvo en RCN Radio otro exmagistrados de la Corte. 

Al respecto, el exmagistrado Villamil dijo que si no se cumple, sera ilegal la filtración de la reserva, por parte de alguna de las partes en el proceso, esto es abogados o procesados.

“Si las partes revelan documentos violando la reserva del sumario, la Corte puede imponer sanciones, multas a los sujetos procesales”, expresó.

Fuente:
Sistema Integrado de Información