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Procesada en el atentando del Andino pidió libertad por vencimiento de términos

Es la segunda vez que acude a este recurso, para recobrar la libertad.

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Actualizado:
Sábado, Diciembre 28, 2019 - 08:17
Centro comercial Andino
Centro comercial Andino
Colprensa

Ante la juez 73 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, la defensa de Alejandra Méndez Molano, vinculada a la investigación por el atentado al centro comercial Andino, pidió libertad por vencimiento de términos.

El apoderado de la procesada expuso durante la audiencia que han transcurrido 378 días desde el 14 de diciembre de 2018, fecha en la que la Fiscalía radicó el escrito de acusación.

La juez 35 Penal del Circuito con Función de Conocimiento citó para el 6 de febrero la audiencia de presentación del escrito de acusación.

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Sin embargo, la Procuraduría le pidió a la Fiscalía que aclarara si se les podía calificar como un grupo armado organizado; por tal motivo se suspendió la audiencia y se convocó para el 21 de marzo.

La defensa durante la audiencia, solicitó que se ahondara en los hechos y a la investigación  de la Fiscalía, por lo que la funcionaria judicial nuevamente suspendió y programó para el 12 de abril.

Sin embargo, en esa fecha la juez no pudo adelantar la diligencia; el 9 de mayo la Fiscalía presentó el escrito de acusación.

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De acuerdo con el abogado defensor transcurrieron otros cuatro meses en los que no se inició el juicio ni contra Méndez Molano,  ni contra los otros implicados en el atentado ocurrido el 17 de julio de 2017.

Reconoció que mientras se solicitó la conexidad entre los dos procesos que se adelantaban contra la procesada, se perdieron 122 días.

Sin embargo, con el descuento dan 256 días con lo que, se demostraría que se cumplieron los términos.

La Procuraduría por su parte, el delegado del Ministerio Público aseguró que no es procedente la solicitud de la defensa porque según el artículo 25 de la ley 1908, a los detenidos por estar siendo procesados como un grupo armado organizado, no se les tiene en cuenta los 240 días para vencimiento de términos sino 500 días.

Dentro de las causales para obtener la libertad, la normatividad establece que “cuando transcurridos quinientos (500) días contados a partir de la fecha de presentación del escrito de acusación, no se haya dado inicio a la audiencia de juicio por causa no imputable al procesado o a su defensa”.

La Fiscalía entretanto respaldó la postura de la Procuraduría frente a los términos.

También explicó que una vez se presentó el escrito de acusación, la defensa pidió aclaraciones que retrasaron 48 días el inicio del juicio en contra de la procesada.

Con el descuento por los días que argumentó la defensa, se estableció que solo han transcurrido 216 días.

RCN Radio conoció que otro de los argumentos consiste en que la Fiscalía recibió una certificación del Consejo de Seguridad Nacional en el que se advierte que el Ejército de Liberación Nacional, ELN, es considerado un grupo armado organizado.

La juez suspendió la diligencia y anunció que el próximo viernes 3 de enero, se tomará la decisión.

Fuente:
Sistema Integrado de Información