Niegan medida cautelar sobre la resolución que fijó el valor de la UPC

Un magistrado determinó que no se puede suspender la resolución porque hay mesas de diálogo frente al valor de la UPC.
Consejo de Estado
Ratificó que la consulta popular debe tener el ‘visto bueno’ del Senado. Crédito: Colprensa

El Consejo de Estado negó la medida cautelar de urgencia solicitada por la representante a la cámara Katherine Miranda, con la que buscaba la suspensión provisional de la resolución expedida por el Ministerio de Salud por medio de la cual se fijó el valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para financiar los servicios y tecnologías en salud de los regímenes subsidiado y contributivo del sistema general de seguridad social en salud para la vigencia de 2025.

La decisión fue adoptada por parte del magistrado ponente Milton Chaves García, quien estudia una demanda instaurada por la congresista Miranda que busca de fondo anular la resolución 2717 del 30 de agosto de 2024 que fue emitida en torno a este caso por el Ministerio de Salud y Protección Social.

De acuerdo con el Consejo de Estado, no existe la necesidad de suspender dicha resolución en atención a que de acuerdo con lo ordenado por la Corte Constitucional ya se están abordando mesas de diálogo con todos los actores de la salud.

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El Consejo de Estado reitero que el estudio, y análisis de fondo de la demanda se realizará en la sentencia y en ella “se establecerá si hay desconocimiento de lo ordenado por la Corte Constitucional en la sentencia T-760 de 2008, a través de la cual se impuso la obligación al Ministerio de Salud y Protección Social de garantizar la suficiencia de la UPC para cubrir todos los servicios y tecnologías en salud del PBS a la población del régimen contributivo y subsidiado”.

En el presente caso, la inconformidad de la congresista se concreta en que la resolución demandada va en contravía de lo ordenado por la Corte Constitucional en la sentencia T-760 de 2008 y los autos de seguimiento y que el ajuste de la UPC debió ser del 15.07% teniendo en cuenta los valores establecidos de la UPC para el año 2024.

Lo anterior a su juicio, “denota el incumplimiento de las órdenes de la Corte Constitucional y agrava la situación del déficit financiero acumulado durante varios años, impidiendo así el acceso efectivo a los servicios y tecnologías en salud en condiciones de igualdad, eficacia y oportunidad para las personas más vulnerables.

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Por su parte, el Ministerio de Salud definió la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para 2025 en 5.36% y en la actualidad se vienen realizando mesas técnicas tras la orden de la Corte Constitucional, donde se vienen escuchando a los diferentes actores del sistema que insisten que este valor es insuficiente.


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