Implicados en las interceptaciones a la niñera Marelbys Meza deberán volver a ser capturados

Un juez revocó la libertad por vencimiento de términos a dos de los implicados en las chuzadas a la exniñera de Laura Sarabia.
Laura Sarabia y Marelbys Meza, protagonistas del escándalo de las chuzadas
Laura Sarabia y Marelbys Meza, protagonistas del escándalo del polígrafo. Crédito: Pixabay y Colpresa

Una juez en segunda instancia ordenó la captura y enviar de nuevo a la cárcel al policía de la Sijin, Fredy Alexander Gómez y a Rafael Ricardo Santos, implicados en el caso de las presuntas interceptaciones ilegales en contra de Jhonson Pineda, Lucelia Robles Arrieta y Marelbys Meza, exempleada de la hoy directora de Prosperidad Social, Laura Sarabia.

Los investigados habían obtenido libertad por vencimiento de términos en noviembre del 2023, luego de que la Fiscal del caso olvidara radicar el escrito de acusación.

Por ello, la Fiscalía apeló la decisión que tomó el juzgado con funciones de control de garantías en Bogotá en noviembre pasado. Sin embargo, el Juzgado SegundoPenal del Circuito de Bogotá tras analizar el caso, ordenó revocar la libertad para ambos procesados.

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El pasado sábado, 10 de febrero, los investigados quedaron formalmente acusados dentro del proceso por el delito de fraude procesal, ya que al parecer, entregaron información falsa que indujo en error a una Fiscal que solicitó las escuchas a la exempleada de Laura Sarabia.

Según las pruebas, Gómez Bustamante y Santos Fuentes rindieron declaraciones juramentadas falsas ante una fiscal de la Dirección Especializada contra la Corrupción, con el objetivo de desviar la investigación que se seguía en contra de algunos servidores de la Policía Nacional.

"Estas personas actuaron en común acuerdo y suministraron declaraciones espurias con las que pretendieron inducir en error a funcionarios judiciales, en relación con las circunstancias que conllevaron a la orden de interceptación telefónica sobre los teléfonos que usaban Marelbys Meza y a un amigo de ella", explicó la Fiscalía.

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En consecuencia, la juez argumentó que la temporalidad de la radicación del escrito de acusación es considerada como un hecho superado en el proceso y no determina la concesión de libertades, teniendo en cuenta que la inferencia razonable de autoría o participación es suficiente para mantener la medida de aseguramiento en centro carcelario.


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