Fiscal general: Jurisdicción Especial de Paz juzgará delitos propios del conflicto armado

El fiscal general de la Nación, Eduardo Montealegre, dijo que es importante mantener blindadas las garantías de la Jurisdicción Especial para la Paz.
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Crédito: La FM

Según el fiscal, incluso la tutela deberá ser modificada constitucionalmente, toda vez que no tendrá efecto en el caso de solicitar ante un juez un segundo concepto por violación de derechos fundamentales durante actos del conflicto armado.

“Las decisiones son definitivas. Solamente deben ser resueltas por la misma jurisdicción. Es decir que ningún órgano de la justicia ordinaria -ni siquiera la Corte Suprema de Justicia- podrá revisar lo acordado o definido en esta instancia. Cierran por siempre cualquier posibilidad de abrir procesos a futuro por hechos relativos al conflicto armado colombiano”, aclaró Montealegre.

El acuerdo logrado en La Habana (Cuba) contempla la garantía del fuero constitucional para los presidentes y expresidentes que hayan cometido delitos durante el conflicto armado. Quiere decir que los hechos cometidos antes o después de su investidura presidencial sí podrán ir a la Jurisdicción Especial de Paz.

Los puntos acordados en este nuevo avance del proceso de paz contemplan los mecanismos para juzgar los actores del conflicto armado, que no tendrán, según Montealegre, “espacio para la impunidad, porque la jurisdicción de paz investigará, acusará y sancionará a todos aquellos que por sus actos hayan violado derechos fundamentales”.

La jurisdicción establece la posibilidad de entregar amnistías para los delitos políticos y las infracciones conexas a esta condición. Incluso a todas aquellas acciones ilegales que hayan contribuido a la financiación de la insurgencia durante el periodo de rebelión.

“¿Que el narcotráfico, sea conexo al delito político?… ¡estoy de acuerdo! Comparto, como fiscal general de la nación, la posibilidad de que el narcotráfico sea considerado conexo, cuando el narcotráfico haya sido un instrumento para la lucha de la insurgencia”, puntualizó Montealegre.

En cuanto a la anulación de la extradición, el jefe del ente acusador recordó que el acuerdo ofrece una garantía de no entrega a la justicia de otro país por la comisión de delitos cometidos antes de la firma definitiva de la paz.

La Jurisdicción Especial de Paz establece que existirán fundamentalmente dos granes modelos de investigación en el caso de la insurgencia: Uno para quienes acepten responsabilidad y otro para el caso contrario. Quiere decir entonces que en el primero de los ellos, las sanciones serán restrictivas de la libertad, mas no privativas.

“Si hay reconocimiento de la responsabilidad, no habrá lugar a cárcel ni a prisión por delito de lesa humanidad o por crímenes de guerra que se hayan cometido en el conflicto. Las sanciones serán en algún lugar del territorio que no tendrá la connotación de establecimiento carcelario”, dijo.

En el segundo caso, según Montealegre, puede existir la posibilidad de penas privativas efectivas de la libertad que pueden alcanzar hasta los 20 años de sanción. Para el trámite de estas negaciones en la responsabilidad, la jurisdicción creará una sala de investigación y acusación que reemplace las funciones de la Fiscalía.

El fiscal Montealegre insistió en aclarar que se deben establecer criterios diferenciadores entre la insurgencia y los miembros de la fuerza pública inmersos en delitos o violaciones a los derechos humanos que tengan relación con el conflicto armado.

“Entrarán todas las violaciones a los derechos humanos durante el conflicto armado a la jurisdicción especial de paz y por lo tanto en justicia transicional. No importa la gravedad o la naturaleza de crimen internacional de la grave violación que haya cometido un miembro de la fuerza pública, si dicha infracción se ejecutó en el marco del conflicto armado. Esto quiere decir que ni siquiera será revisada por la corte penal internacional”.

En ese caso los militares y policías serán juzgados bajo mecanismos incluidos en la jurisdicción especial de paz. Este nuevo mecanismo incluirá a los delitos como los falsos positivos, que tendrán pena privativa efectiva de la libertad, pero se contemplarán reducciones de la sanción por colaboración en la justicia y la reparación.

Con este panorama, el fiscal Eduardo Montealegre explicó que la impunidad no tendrá cabida en este nuevo avance del proceso de paz. Y finalizó solicitando garantías jurídicas para la nueva jurisdicción.

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