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Consejo de Estado estudia tutela de Mockus contra su pérdida de la curul

Humberto de la Calle asumió como abogado del ex alcalde de Bogotá en lucha por recuperar la curul.

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Abril 26, 2019 - 09:48
Humberto de la Calle y Antanas Mockus
Humberto de la Calle y Antanas Mockus.
Colprensa

El Consejo de Estado admitió estudiar de fondo la tutela que presentó el ex alcalde de Bogotá, Antanas Mockus, contra el fallo de la sección quinta de ese tribunal que le quitó la curul en el Congreso de la República. 

El estudio de ese recurso le correspondió a la magistrada Nubia Margoth Peña de la sección primera de ese tribunal, quien tendrá que analizar cuáles habrían sido los derechos fundamentales que se le vulneraron a Mockus.

En el documento en el que se acepta el estudio de la tutela, la magistrada hizo un llamado a la sección quinta del Consejo de Estado, para que si a bien lo considera, envíe en el término de dos días los informes sobre la decisión que se tomó en contra del ex alcalde y ex candidato presidencial.

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La magistrada también consideró pertinente solicitar conceptos de los demandantes José Manuel Abuchaibe Escolar, Víctor Velásquez Reyes, Nesly Edilma Rey Cruz, además de solicitar conceptos de los magistrados del Consejo Nacional Electoral y el representante legal del partido político Opción Ciudadana.

En la misma decisión, la magistrada decidió no aceptar la petición del abogado Humberto de la Calle de suspender los efectos del fallo de la sección quinta, mientras se resuelve a fondo la tutela, teniendo en cuenta que la sentencia fue de primera instancia y no se encuentra en firme.

“La sentencia que se buscan suspender aún no se han producido, razón por la cual la medida cautelar resulta improcedente, máxime si se tiene en cuenta que el actor dispone de otros medios de defensa judicial”, señala el documento.

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La tutela fue interpuesta por Humberto de la Calle como abogado de Mockus, bajo el argumento de que se vulneraron los derechos fundamentales al debido procesoa la tutela judicial efectiva, a la participación en la conformación, ejercicio y control del poder político y al principio del 'non bis in idem', lo que traduce no ser juzgado por el mismo hecho dos veces. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información