Casos Merlano y Abadía: Corte Constitucional respalda sanciones de la Procuraduría

La Corte dejó sin efectos las decisiones del Consejo de Estado que levantó las sanciones a Eduardo Carlos Merlano y Juan Carlos Abadía.
Procuraduría General de la Nación
El organismo alertó que en el primer semestre de este año se registraron al menos 123 eventos que afectaron esa zona del país. Crédito: Colprensa

En las últimas horas, en sala plena, la Corte Constitucional amparó el derecho al debido proceso de la Procuraduría, respaldando las sanciones que dicho ente impuso contra el exsenador Eduardo Carlos Merlano Morales y el exgobernador del Valle, Juan Carlos Abadía.

Lo anterior se dio luego de que el Consejo de Estado anulara la destitución e inhabilidad general que impuso la Procuraduría en los años 2012 y 2016 a Merlano y Abadía.

"La Corte Constitucional encontró que la anulación de las sanciones disciplinarias por parte de la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado desconoció que para el momento en el que la Procuraduría ejerció sus competencias, lo hizo amparada por el marco constitucional y legal", señaló la Corte.

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La sanción que impuso la Procuraduría en su momento estaba ampara en la Ley 734 de 2002, donde se le otorgan las atribuciones para disciplinar a los servidores públicos.

Para respaldar esta sanción de la Procuraduría, la Corte Constitucional recordó el caso del presidente Gustavo Petro contra el Estado, señalando que dicha entidad tiene la autonomía para imponer sanciones de ese tipo a funcionarios de elección popular.

"La Sala Plena también recordó que, con posterioridad a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Petro Urrego contra Colombia, la Corte Constitucional armonizó la protección de los derechos políticos con los principios constitucionales que guían la función pública y la institucionalidad prevista en la Constitución en la Sentencia C-030 de 2023, sobre la cual recae el efecto de cosa juzgada y, por lo tanto, debe ser cumplida por todas las autoridades", explicó la Corte.

Así las cosas, la Corte Constitucional dejó sin efectos las decisiones de la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado con las que anulaba las sanciones contra el exsenador Eduardo Carlos Merlano Morales y el exgobernador del Valle, Juan Carlos Abadía.

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"La Sala Plena decidió ordenar a dicha autoridad judicial proferir una nueva providencia en cada uno de los casos, en las que resuelva los cargos de nulidad presentados por los disciplinados contra los fallos sancionatorios, teniendo en cuenta que la Procuraduría General de la Nación actuó con la competencia para sancionarlos con destitución e inhabilidad general", concluyó la Corte Constitucional.

Las dos magistradas ponentes fueron Diana Fajardo y Natalia Ángel, mientras que el magistrado Vladimir Fernández Andrade decidió salvar su vota en las dos sentencias relacionadas al caso.


ELN

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