Caso Uribe: Tribunal Superior de Bogotá absuelve al exmandatario del delito de soborno en actuación penal

El episodio tiene que ver con los exparamilitares Carlos Enrique Vélez, alias Víctor, y Eurídice Cortés Velasco, alias Diana.
Proceso judicial contra Álvaro Uribe Vélez
Plenaria del Senado debate sobre absolución de Álvaro Uribe Vélez y continúa litigio judicial Crédito: RCN RADIO

El Tribunal Superior de Bogotá absolvió al expresidente Álvaro Uribe Vélez del delito de soborno en actuación penal, dentro del proceso en el que se le señalaba de presuntos pagos a los exparamilitares Carlos Enrique Vélez, alias “Víctor”, y Eurídice Cortés Velasco, alias “Diana”. La decisión hace parte del fallo de segunda instancia que resolvió las apelaciones contra la condena inicial de 12 años de prisión domiciliaria.

¿Qué determinó el Tribunal Superior de Bogotá sobre las interceptaciones telefónicas?

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá dio a conocer este martes su decisión sobre el proceso contra el exmandatario. En el fallo, la corporación ordenó excluir la interceptación telefónica a la línea del expresidente Álvaro Uribe por considerar que fue obtenida de manera ilícita. Se vulneró el derecho a la intimidad del exmandatario y se excedieron los fines legales para realizar dichas grabaciones telefónicas, indicó el documento.

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No obstante, el tribunal determinó no excluir las interceptaciones obtenidas por los investigadores de policía judicial entre Uribe y su abogado Diego Cadena. Los magistrados desestimaron el argumento de la defensa, que alegaba la vulneración del principio de reserva entre abogado y cliente. El magistrado Manuel Antonio Merchán explicó que “la exclusión resultaba improcedente” y que “esta debía darse en medio del juicio oral, bajo el principio de contradicción”.

Con esta decisión, el tribunal estableció que dichas interceptaciones deberán ser valoradas dentro del juicio y no eliminadas previamente del expediente. Además, la corporación reafirmó que la obtención de las grabaciones no afecta el resto de las pruebas admitidas durante el proceso judicial.

¿Por qué el Tribunal absolvió a Álvaro Uribe del delito de soborno?

En su fallo, el Tribunal Superior de Bogotá determinó que el expresidente Álvaro Uribe Vélez debía ser absuelto del delito de soborno en actuación penal relacionado con los exparamilitares Carlos Enrique Vélez y Eurídice Cortés Velasco. De acuerdo con la lectura de la decisión, el tribunal no encontró pruebas suficientes que demostraran la existencia de un plan criminal ni de instrucciones directas del exmandatario a su abogado para efectuar ofrecimientos económicos.

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El tribunal señaló que no hay evidencia documental, testimonial ni pericial que sustente la responsabilidad del exmandatario en los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal. En consecuencia, se dejó sin efecto la condena impuesta en primera instancia y se dispuso la anulación total de la sentencia proferida por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá.

El fallo también precisó que la Sala Penal analizó la solicitud de nulidad presentada por la defensa bajo la doctrina del “fruto del árbol envenenado”. Según el tribunal, “no procede la nulidad” porque la jueza Sandra Herediasí cumplió con la lectura de la sentencia de primera instancia desde la audiencia de sentido del fallo”.

En su parte resolutiva, el Tribunal Superior de Bogotá declaró igualmente la absolución de Álvaro Uribe en el caso relacionado con Juan Guillermo Monsalve, concluyendo que no existía prueba directa de ofrecimientos o gestiones indebidas para alterar testimonios. De esta manera, el expresidente fue absuelto de todos los delitos que se le atribuían dentro del proceso.

Con esta decisión, el Tribunal dejó sin efectos la condena y cerró el proceso penal en segunda instancia, resolviendo las apelaciones presentadas por la defensa del exmandatario y por la Procuraduría General de la Nación.


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