Caso Martha Sepúlveda: Juzgado le ordenó a la IPS practicarle la eutanasia

El juez consdieró que la IPS le vulneró el derecho a morir dignamente.

Un fallo de tutela revivió el procedimiento de eutanasia para Martha Sepúlveda. El juzgado 27 civil del circuito de Medellín ordenó reversar la decisión que suspendió el trámite el pasado 8 de octubre.

En contexto: Cancelan a última hora el procedimiento de eutanasia de Martha Sepúlveda

El despacho judicial le ordenó a la IPS Instituto Colombiano del Dolor S.A.S. que en un "término improrrogable" de 48 horas "acuerde con la señora Martha Lina Sepúlveda Campo, el día y la hora en que habrá que llevarse a cabo el procedimiento eutanásico, siempre y cuando ésta mantenga su voluntad de prácticarlo".

MARTHA SEPÚLVEDA
Crédito: Cortesía

En este caso se tutelaron los derechos "fundamentales a morir dignamente, la vida digna, el libre desarrollo de la personalidad y la dignidad humana".

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El juez determinó que la IPS le vulneró estos derechos a la mujer quien ya tenía el aval para practicarse la eutanasia el 10 de octubre del presente año.

La IPS debe "cumplir con lo establecido por el comité científico interdisciplinario para morir dignamente, en acta emitida el pasado 6 de agosto" en la cual se le "reconoció que cumplía "con los requisitos para ejercer su derecho a morir dignamente a tráves de la eutanasia, según lo establecido por el precedente jurisprudencial".

El pasado 8 de octubre, a menos de 48 horas de realizarse la eutanasia, el Instituto Colombiano del Dolor S.A.S (Incodol) le notificó a Martha Sepúlveda que tras el Comité Científico Interdisciplinario para el Derecho a Morir con Dignidad se “concluyó de manera unánime cancelar el procedimiento” al considerar que no cumplía con "el criterio de terminalidad".

En otras noticias judiciales: Ley de Eutanasia da posibilidades para que cualquier persona con dolor acceda a ella: Minsalud

En la decisión se citaba una extensa entrevista que había realizado la mujer con un medio de comunicación, advirtiendo que su situación no era la misma que les había notificado en un principio.

Martha Sepúlveda Campo fue diagnosticada con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) y, con el tiempo, agudizaron los dolores, el daño muscular y las dificultades para moverse. La mujer se iba a convertir en la primera paciente en Colombia que accedía a este derecho sin tener una enfermedad terminal.

En diálogo con RCN Radio,Camila Jaramillo, abogada de Martha Sepúlveda, había señalado que la decisión del Instituto Colombiano del Dolor (Indocol) era ilegal puesto que "ellos ya habían tomado una decisión el pasado 6 de agosto, en la que autorización de la eutanasia. Ahora con el reportaje que le hicieron en televisión, dada las imágenes donde ella se ve bien, este comité de la IPS reversó la decisión".


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