En Colombia, cuatro de cada diez trabajadores son independientes, lo que representa cerca de 9,8 millones de personas, según datos de abril de 2025. En esta cifra se incluyen quienes laboran por cuenta propia, concentrados principalmente en sectores como comercio, transporte y servicios personales.
Aunque se trabaje por cuenta propia o sin un contrato con una entidad, los colombianos tienen la obligación de afiliarse al sistema de salud. No obstante, este punto no siempre es claro para quienes realizan los pagos, especialmente en lo relacionado con aportes a pensión y riesgos laborales.
De acuerdo con las leyes colombianas, aunque no se tenga un vínculo con una empresa o un contrato formal, es posible afiliarse como independiente al sistema de salud. Sin embargo, las condiciones y requisitos varían según el tipo de ingreso y la situación del trabajador.
Cabe destacar que el Sistema de Seguridad Social Integral está establecido por la Ley 100 de 1993, la cual garantiza la protección de los ciudadanos frente a contingencias de la vida como la vejez, la invalidez, la muerte y la enfermedad. Este sistema está compuesto por los regímenes de pensión, salud y riesgos profesionales, además de servicios sociales complementarios.
De acuerdo con el Ministerio de Salud, las personas que “tienen capacidad de pago” deben estar afiliadas al régimen contributivo, en el que también están incluidos los trabajadores independientes y sus familias.

¿Qué deben cotizar los trabajadores independientes en Colombia?
Los trabajadores independientes deben cotizar sobre el 40% de sus ingresos mensuales para salud y pensión. En consecuencia, deben pagar el 12,5% del ingreso base de cotización a salud y el 16% a pensión, ya que asumen el total del aporte.
La cotización a las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y a las cajas de compensación es voluntaria.
En caso de que los trabajadores operen bajo un contrato de prestación de servicios, están obligados a cotizar para salud, pensión y riesgos laborales sobre el 40% del valor bruto del contrato, como ingreso base de cotización (IBC) mínimo.
Es importante señalar que la ley establece que los pagos deben realizarse por mes vencido a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).

¿Qué documentos se necesitan para afiliarse como independiente a salud?
Aunque las EPS pueden solicitar requisitos propios, existen generalidades, entre ellas:
- Formulario de afiliación debidamente diligenciado (físico o digital).
- Copia del documento de identidad.
- En algunos casos, documentos que acrediten la actividad independiente (RUT o certificado de cámara de comercio).
- Carta de derechos y deberes, si la EPS lo exige.
- Documentación de los beneficiarios (cónyuge, hijos o padres), cuando aplique.
Aunque es posible afiliarse únicamente a salud sin efectuar aportes a pensión y riesgos laborales, existen excepciones. En estos casos, el trabajador debe estar afiliado a un régimen contributivo o, si aplica alguna excepción legal, estar acogido a un régimen o subsidio especial.