Superfinanciera anuncia disminución en Tasa de usura para inicios de 2020

La cifra presenta una disminución de 21 puntos básicos respecto a la registrada en diciembre.
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Crédito: Ingimage

La Superintendencia Financiera de Colombia informó que a partir del primero de enero del 2020 las entidades financieras o personas naturales podrán cobrar una tasa de interés para créditos de consumo y ordinario de hasta el 28,16% efectivo anual.

Esto representa una disminución de 21 puntos básicos (-0.21%) con respecto al periodo anterior, cuando fue establecido en el 28,37%, por el organismo de control y vigilancia.

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En la resolución, que expidió la entidad que vigila las entidades financieras, también se establece que para la modalidad de microcrédito el interés que se podrá cobrar es de 54.80% efectivo anual, lo que representa una disminución de 4 puntos básicos (-0.04%) respecto al periodo anterior.

La tasa de usura, en el caso de un crédito de consumo y ordinario, regirá entre el 1 y el 31 de enero de 2020; mientras que para el caso de los microcréditos, estará vigente entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2020, según explicó la Superfinanciera.

De acuerdo con lo expresado en la normatividad vigente, “comete un delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos”, afirmó la entidad.

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En el documento también se indica que, a partir del primer mes del próximo año, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 28.16% efectivo anual, para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

Además, el organismo de control certificó que el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto será del 34.18%, tope que se mantendrá hasta el 30 de septiembre del 2020.


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