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Por menos accidentes, tarifa del Soat en 2021 bajará

Este descenso está relacionado con los menores accidentes de tránsito que se registraron este año.

Actualizado:
Lunes, Diciembre 28, 2020 - 18:57
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Colprensa

La Superintendencia Financiera de Colombia informó que, como resultado de la revisión anual de las condiciones técnicas y financieras del Soat, se determinó que el sistema tiene una suficiencia de prima aplicable a partir del primero de enero de 2021.

En consecuencia, la tarifa máxima del Seguro Obligatorio de Daños Corporales Causados a las Personas en Accidentes de Tránsito (SOAT) para el próximo año expresada en Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV) se reduce en 0,98% para las 36 categorías del parque automotor. Esto quiere decir que la tarifa depende del monto en el que se fije el salario mínimo de 2021.

En ese sentido, según los resultados obtenidos por el equipo técnico de la entidad, los propietarios de un vehículo familiar nuevo de entre 1.500 c.c. y 2.500 c.c. tendrán una tarifa del SOAT equivalente a 8,77 SMDLV para 2021 (para 2020 se había fijado en 8,85 SMLDV).

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La entidad explicó que la tarifa de 2021 refleja la disminución en la accidentalidad derivada de las restricciones a la movilidad adoptadas por las autoridades durante el primer semestre de 2020 y el retorno paulatino a los índices de siniestralidad de 2019.

"Esta revisión se hizo con base en la información que las compañías aseguradoras reportan periódicamente a la SFC y la dinámica particular en cuanto a la circulación del parque automotor como consecuencia de las medidas adoptadas por las autoridades durante el primer semestre de 2020", señaló el organismo de control. 

La Superfinanciera indicó que para el análisis correspondiente a 2020 se tuvieron en cuenta 8 millones de pólizas expuestas equivalentes a 2,3 billones de pesos en primas devengadas y 533.406 siniestros reportados por 1,7 billones de pesos, arrojando una suficiencia de 0,98%.

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La entidad también aclaró que el ajuste en la tarifa del Soat que regirá a partir del primero de enero de 2021 no modifica las coberturas ni las cuantías definidas por la Ley para este seguro obligatorio. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información