Así serian las nuevas multas por exceso de velocidad: habría sanciones de hasta 30 SMLDV

Un proyecto de ley propone que las sanciones sean graduales y dependan de cuántos kilómetros por hora supere el conductor el límite permitido.
Fotomultas
La iniciativa plantea tres rangos de multas y también contempla cambios en las fotomultas, los comparendos y la medición de velocidad. Crédito: Alcaldía de Bogotá

Exceder los límites de velocidad establecidos en las vías colombianas puede generar un comparendo y una sanción económica para el conductor. Actualmente, la infracción por conducir a una velocidad superior a la máxima permitida está contemplada en el Código Nacional de Tránsito y tiene una sanción establecida para esta conducta, sin diferenciar en la multa el número de kilómetros por hora que se haya excedido el límite.

Esto significa que, bajo el esquema vigente, la sanción no aumenta de manera escalonada según la magnitud del exceso. Sin embargo, esta situación podría cambiar si avanza un nuevo proyecto de ley radicado en el Congreso de la República.

La iniciativa propone establecer multas graduales por exceso de velocidad, de manera que el valor que deba pagar el conductor dependa de qué tanto haya superado el límite permitido. La propuesta contempla sanciones de 8, 15 y hasta 30 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV).

El proyecto ya fue radicado en el Senado, pero todavía no es una norma vigente y está pendiente de la designación de ponentes para continuar con su trámite legislativo.

Así serían las nuevas multas por exceso de velocidad

El proyecto plantea modificar el literal C.29 del artículo 131 de la Ley 769 de 2002, correspondiente al Código Nacional de Tránsito.

La propuesta establece tres rangos de sanción:

Exceso sobre el límite permitido

  • De 1 a 15 km/h: 8 SMLDV
  • De 16 a 30 km/h: 15 SMLDV
  • 31 km/h o más: 30 SMLDV

Con este cambio, la sanción estaría directamente relacionada con la gravedad del exceso cometido. Por ejemplo, quien supere en pocos kilómetros por hora el límite estaría en el primer rango, mientras que los conductores que excedan considerablemente la velocidad permitida recibirían una multa mayor.

Los valores estarían expresados en salarios mínimos legales diarios vigentes y se ajustarían anualmente de acuerdo con la variación del salario mínimo legal mensual vigente.

Los excesos más graves tendrían una multa de hasta 30 SMLDV

La propuesta establece que quienes superen el límite permitido entre 1 y 15 kilómetros por hora recibirían una multa de 8 SMLDV.

Para los conductores que excedan el límite entre 16 y 30 km/h, la sanción subiría a 15 SMLDV.

El rango más alto correspondería a quienes superen el límite de velocidad en 31 km/h o más, con una multa equivalente a 30 SMLDV.

Además, el proyecto plantea conservar los descuentos previstos en el artículo 136 de la Ley 769 de 2002 para los dos primeros rangos. La sanción correspondiente al exceso más alto, en cambio, no tendría reducción.

El proyecto también plantea cambios para las fotomultas

La iniciativa no se limita a modificar el valor de las multas. También propone nuevas condiciones para los Sistemas Automáticos, Semiautomáticos y otros medios Tecnológicos (SAST) utilizados para detectar infracciones, entre ellos los sistemas de fotodetección.

El proyecto establece que los dispositivos encargados de medir la velocidad deberán tener la capacidad de verificar la totalidad del rango de velocidades permitido y sancionable en la vía donde sean instalados.

La propuesta también señala que los equipos deberán contar con tecnología que garantice la exactitud de las mediciones y que su rango certificado incluya los excesos altos de velocidad.

Comparendos deberán informar cómo se midió la velocidad

Otro de los cambios propuestos está relacionado con la información que recibiría el conductor cuando se le imponga un comparendo por exceso de velocidad.

  • La orden de comparendo debería incluir datos como:
  • El límite de velocidad señalizado.
  • La velocidad medida por el equipo.
  • La velocidad resultante.
  • La franja de corrección aplicada.
  • El equipo utilizado.
  • La identificación del certificado de calibración o verificación.

El proyecto también establece que el SIMIT y el RUNT deberán disponer de las casillas necesarias para indicar el exceso de velocidad por el cual se impuso el comparendo.

La franja de corrección de las cámaras sería aplicada automáticamente

Uno de los puntos centrales de la propuesta es la franja de corrección metrológica, entendida como el margen de incertidumbre asociado a la medición de un equipo.

El proyecto plantea que esta franja sea aplicada automáticamente por la autoridad de tránsito antes de validar un comparendo, sin que el ciudadano tenga que solicitarlo.

Además, el certificado de calibración del equipo, junto con la franja de corrección correspondiente, debería estar disponible públicamente en el sistema de información de la Agencia Nacional de Seguridad Vial antes de la imposición de cualquier comparendo.

Qué pasaría con los comparendos que aún no están en firme

La iniciativa también contempla un régimen de transición para las infracciones cometidas antes de que entre en vigencia una eventual ley.

Los comparendos o actos sancionatorios relacionados con la conducta C.29 que todavía no estén en firme se someterían a las disposiciones más favorables que establezca la nueva norma, de acuerdo con el principio de favorabilidad propio del derecho administrativo sancionador.

Bloque de preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga actualmente por exceso de velocidad en Colombia?

Actualmente, la conducta de conducir un vehículo a una velocidad superior a la máxima permitida está contemplada en el literal C.29 del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito. El proyecto busca modificar este esquema para que la sanción deje de ser única y se establezca de acuerdo con la cantidad de kilómetros por hora que el conductor exceda el límite permitido.

¿Cuánto podrían costar las nuevas multas por exceso de velocidad?

El proyecto plantea tres sanciones: 8 SMLDV para quienes excedan el límite entre 1 y 15 km/h, 15 SMLDV para excesos entre 16 y 30 km/h y 30 SMLDV para quienes superen el límite en 31 km/h o más.

¿Las fotomultas también cambiarían con este proyecto de ley?

Sí. La iniciativa propone nuevos requisitos para los sistemas automáticos y semiautomáticos utilizados para detectar infracciones de tránsito. Entre ellos está la obligación de que los equipos puedan cubrir el rango de velocidades sancionables de la vía y que exista información pública sobre su calibración y franja de corrección.


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