Estos trabajadores recibirían menos prima en junio

La prima de servicios corresponde a un salario del trabajador y en junio se recibe la mitad.
Prima de junio en Colombia
Prima de junio en Colombia Crédito: RCN Radio - Camila Díaz / Pexels

Junio llega con el pago de la prima de servicios, una prestación laboral establecida por la Ley 1788 de 2016. Este pago se realiza en dos periodos: la primera parte en junio y la segunda, a mediados de diciembre.

Según la legislación vigente, este beneficio económico se calcula como un porcentaje del salario devengado durante el año o, en algunos casos, como una cantidad fija pactada entre el trabajador y el empleador. El pago de este monto debe realizarse, como máximo, el 30 de junio de cada año.

Lea además: ¿Cuánto recibirá de prima en junio si lleva tres meses en su nuevo trabajo?

Pago de prestamos con la prima de servicios
La prima de servicios es una prestación social que debe ser cancelada por todo empleador a sus trabajadores con contrato formal.Crédito: RCN Radio - Camila Díaz

¿En qué casos le pueden descontar dinero de la prima de junio?

De acuerdo con el Ministerio de Justicia, esta retribución hace parte de los beneficios que recibe el trabajador. Sin embargo, en algunos casos, los trabajadores no reciben el valor total de esta prestación, ya que pueden estar sujetos a descuentos legales.

Descuentos por créditos de libranza

Si usted ha solicitado un préstamo por libranza, es posible que se le realice un descuento sobre la prima, de acuerdo con la Ley 1527 de 2012. Cuando el trabajador tiene un crédito descontado directamente de su salario, el empleador puede deducir el monto correspondiente de la prima.

Estos descuentos se aplican a la deuda financiera y deben efectuarse dentro de los tres primeros días hábiles después del pago de la prima.

De interés: ¿Quiénes recibirán la prima pensional de mitad de año en 2025?

Por ejemplo, si un trabajador recibe un salario mensual de cinco millones de pesos, el empleador solo podrá descontar hasta $2.500.000 por concepto de la deuda. Este tipo de deducción no puede afectar el salario mínimo legal vigente ni superar el 50% del salario neto del trabajador.

Deducciones por embargos judiciales

Además de las libranzas, la prima también puede verse reducida por efectos de embargos judiciales. Si existe una orden judicial que obliga al trabajador a pagar una deuda, el empleador está autorizado a hacer el descuento correspondiente para cumplir con la obligación legal.

Más noticias: ¿Las horas extras entran en el cálculo de la prima? Así se liquida correctamente

Descuento por cuota alimentaria

Otro caso común en el que se puede descontar parte de la prima es el pago de cuotas alimentarias. Si el empleado tiene la obligación de aportar económicamente al sostenimiento de hijos o exparejas, ya sea por decisión judicial o por acuerdo legal, el empleador puede deducir de la prima los valores necesarios para cumplir con esa responsabilidad.

Finanzas personales de trabajadores
Finanzas personales de trabajadoresCrédito: Pexels

Pese a que el pago de la prima es una obligación legal de los empleadores hacia sus trabajadores, es fundamental conocer las disposiciones legales que pueden afectar este ingreso.

En caso de inconformidades, los trabajadores pueden tomar las acciones correspondientes, según la situación, y buscar asesoría jurídica si se presentan descuentos inconsistentes en el valor de la prima.

Noticias de prima: Prima de mitad de año: cuánto recibirá si gana $5 millones

¿Cómo calcular la prima de mitad de año?

Para calcular la prima de mitad de año, se deben considerar tres factores principales:

  • Salario base: corresponde al salario mensual del trabajador, que sirve como referencia para el cálculo.
  • Días trabajados: se refiere al número de días laborados durante el primer semestre del año, es decir, desde el 1 de enero hasta el 30 de junio.
  • Proporcionalidad: si el trabajador no ha laborado durante todo el semestre, la prima se calcula de forma proporcional. Para ello, se divide el salario base entre 180 días (correspondientes a los seis meses del semestre) y se multiplica por la cantidad de días efectivamente trabajados.

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