¿Si renuncia, tiene derecho a liquidación? Lo que deben saber los trabajadores en Colombia

El Ministerio de Trabajo da herramientas de apoyo, como asesorías gratis y cálculos oficiales que permiten tener una idea del valor aproximado.
El Ministerio de Trabajo da herramientas de apoyo, como asesorías gratis y cálculos oficiales que permiten tener una idea del valor aproximado
El Ministerio de Trabajo da herramientas de apoyo, como asesorías gratis y cálculos oficiales que permiten tener una idea del valor aproximado Crédito: Freepik

En Colombia, todo trabajador que decide renunciar tiene el derecho a recibir la liquidación que corresponde al tiempo trabajado. Así lo establece el Código Sustantivo del Trabajo, que obliga al empleador a pagar todas las prestaciones sociales que se acumularon, los salarios pendientes y, de existir, las vacaciones que no se disfrutaron. La renuncia no elimina estos derechos ni autoriza al empleador a retrasar o negar el pago.

¿Cuáles son los pagos que deben incluirse en la liquidación por renuncia?

Las prestaciones sociales que se le deben reconocer al empleado son las mismas que se pagan cuando el contrato termina por cualquier otra causa. En primer lugar, están las cesantías, que equivalen a un mes de salario por cada año trabajado. A estas se suman los intereses a las cesantías, que deben liquidarse al 12% anual o proporcional al tiempo laborado. También está la prima de servicios, que se reconoce por semestre y debe pagarse en proporción a los días trabajados hasta la fecha de retiro.

Aunque la liquidación es obligatoria, la renuncia no da el derecho de una indemnización por terminación del contrato.
Aunque la liquidación es obligatoria, la renuncia no da el derecho de una indemnización por terminación del contrato. Crédito: Freepik

Además, el trabajador tiene derecho a recibir el pago de las vacaciones que no se tomaron, calculadas sobre el salario y repartidas según el tiempo acumulado. Si existe algún saldo pendiente del salario, como horas extras u otros pagos, estos también deben ser incluidos para el cálculo final de la liquidación.

¿La renuncia genera derecho a una indemnización por despido?

Aunque la liquidación es obligatoria, la renuncia no da el derecho de una indemnización por terminación del contrato. Las indemnizaciones solo se aplican cuando el empleador despide al trabajador sin justa causa, según lo establece la ley laboral. En la renuncia voluntaria, el empleador únicamente debe reconocer las prestaciones acumuladas.

Sin embargo, si un trabajador considera que su renuncia se dio por presión, acoso laboral o circunstancias atribuibles al empleador, puede acudir al Ministerio de Trabajo para solicitar orientación y, si corresponde, denunciar la situación. En esos casos, la entidad determinará si existe mérito para iniciar un proceso.

En caso de que el empleador se niegue a pagar, la persona afectada puede iniciar un proceso ante un juez laboral.
En caso de que el empleador se niegue a pagar, la persona afectada puede iniciar un proceso ante un juez laboral.Crédito: Freepik

¿Cómo debe pagarse la liquidación y qué hacer si el empleador no cumple?

La norma indica que la liquidación debe pagarse inmediatamente después de la terminación del contrato. Aunque la ley no establece un plazo exacto, el pago se debe hacer en un tiempo razonable, sin demoras injustificadas. Si el empleador se retrasa, el trabajador puede poner una queja formal ante el Ministerio de Trabajo.

El Ministerio de Trabajo da herramientas de apoyo, como asesorías gratis y cálculos oficiales que permiten tener una idea del valor aproximado de la liquidación. Esta información ayuda al trabajador a revisar que los montos estén correctamente liquidados antes de firmar cualquier documento.

En caso de que el empleador se niegue a pagar, la persona afectada puede iniciar un proceso ante un juez laboral. Allí podrá reclamar el pago completo de las prestaciones sociales y, si se demuestra mala fe por parte de la empresa, podría aplicarse una sanción por mora en el pago.


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