Es oficial: Gobierno reduce inversión de pensiones en el exterior al 30% y obligaría a billonarias repatriaciones de capital

El Decreto 0369 de 2026 establece un ajuste gradual al régimen de inversiones de los fondos de pensiones, e implementación progresiva con salvaguardas.
Pensiones
El informe señala que el aumento en los umbrales de capital para acceder a renta vitalicia dejaría a miles de pensionados en un vacío jurídico sin alternativa clara. Crédito: Colprensa y Freepik

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 0369 de 2026, con el que modifica el régimen de inversión de los fondos de pensiones obligatorias y establece un límite a los recursos invertidos en el exterior, bajo un esquema progresivo y con cláusulas de salvaguarda.

Límite a la inversión en el exterior

De esta forma, se introducen cambios al Decreto 2555 de 2010 en materia de inversión de los fondos de pensiones obligatorias. La norma fija un límite global del 30% para las inversiones en activos en el exterior.

Según el decreto, la medida se implementará de manera gradual y bajo criterios de seguridad, rentabilidad y liquidez del ahorro pensional, en línea con lo establecido en la Ley 100 de 1993.

Aplicación gradual del ajuste

El esquema definido contempla una transición en dos etapas. En el tercer año, el límite deberá ubicarse en un umbral intermedio del 35%, mientras que en el quinto año se alcanzará el tope definitivo del 30%.

Además, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) deberán presentar ante la Superintendencia Financiera, dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia del decreto, un plan de ajuste con carácter informativo.

Promoción de inversión en proyectos nacionales

El decreto también incluye medidas orientadas a incentivar la inversión en el país. Entre ellas, se establece la creación de un banco de proyectos y la promoción de espacios de articulación entre el sector público y privado.

Para el Gobierno, estas iniciativas buscan identificar y organizar oportunidades de inversión, así como facilitar el desarrollo de instrumentos financieros que permitan canalizar recursos hacia proyectos nacionales.

Cláusula de salvaguarda para proteger el ahorro

Uno de los elementos centrales de la norma es la inclusión de una cláusula de salvaguarda, que establece que en caso de existir razones objetivas que impidan cumplir con el límite sin afectar la seguridad, rentabilidad o liquidez, las AFP podrán mantener o realizar inversiones en el exterior.

Para ello, deberán sustentar técnica y financieramente su decisión ante la Superintendencia Financiera. El decreto señala que esto busca garantizar que las decisiones continúen guiadas por el deber fiduciario en beneficio de los afiliados.

Alcance regulatorio de la medida

Desde el Gobierno se indicó que la decisión se enmarca en su facultad para definir el régimen de inversiones de los fondos de pensiones. Al mismo tiempo, se mantiene la autonomía de las AFP y no se modifica la titularidad ni la destinación de los recursos de los afiliados.

Cuestionamientos de expertos

La medida ha generado cuestionamientos por parte de algunos expertos, incluida la exdirectora de la Unidad de Regulación Financiera (URF), quien dejó el cargo tras expresar su desacuerdo con el proyecto.

Entre las advertencias se señala que una reducción en la inversión en el exterior podría afectar la rentabilidad de los fondos, dado que estos activos suelen ofrecer mejores retornos.

También se ha planteado que la medida podría ejercer presión a la baja sobre el dólar y generar riesgos de ruptura de contratos si el retorno de los recursos se acelera.

No obstante, la URF ha indicado que cerca del 73% de las inversiones externas tienen vencimientos hacia 2031, lo que permitiría un ajuste gradual sin necesidad de liquidaciones anticipadas.

El Decreto 0369 de 2026 establece un cambio en el régimen de inversión de los fondos de pensiones obligatorias con un enfoque progresivo, mantiene la posibilidad de inversión internacional bajo condiciones específicas y fija mecanismos para proteger el ahorro pensional durante el proceso de ajuste.


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