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Declaración de renta: ¿cuáles son las sanciones por no presentarla?

Conozca cuáles son las sanciones que tiene si no presenta la declaración de renta en 2023.

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Actualizado:
Sábado, Agosto 5, 2023 - 11:56
Declaración de renta
Declaración de renta
Freepik / katemangostar

Próximamente, se acerca la fecha límite para que las personas naturales cumplan con su obligación tributaria de presentar la declaración de renta, en la cual deben proporcionar un detallado informe de sus finanzas al Estado.

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Según lo anunciado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en su página web oficial, este proceso se llevará a cabo desde el 9 de agosto hasta el próximo 19 de octubre de 2023.

Para facilitar el proceso, la DIAN ha publicado un calendario en el cual se detallan las fechas específicas en las que los contribuyentes deben presentar su declaración, y esto dependerá de los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) del Registro Único Tributario (RUT) de cada individuo.

Es importante que los ciudadanos estén atentos a las fechas asignadas para cumplir con esta responsabilidad fiscal y presentar su declaración de manera adecuada para evitar posibles sanciones o inconvenientes con las autoridades tributarias. Recuerden que el cumplimiento puntual de esta obligación es fundamental para mantener una buena situación fiscal y contribuir al desarrollo del país.

Sanciones por no presentar la declaración de renta 

De acuerdo a la ley Colombiana, las personas que no cumplan con este impuesto, recibirán una sanción equivalente al 5% del impuesto a cargo, el cual irá aumentando cada mes, a esta multa se le conoce como extemporaneidad. 

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Por su parte, la sanción mínima por no declarar renta en la fecha establecida es de valor de $424.000. Esto quiere decir que si una persona se pasa un día en presentar la declaración, ya tendrá que pagar un valor adicional. 

Personas que deben declarar renta este 2023

  • El patrimonio bruto al término del año gravable 2022 sea igual o superior a $171.018.000 
  • Los ingresos brutos del ejercicio gravable sean iguales o superiores a $53.206.000 
  • Los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $53.206.000
  • El valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $53.206.000 
  • El valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $53.206.000.
Fuente:
Sistema Integrado Digital