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Cuentas bancarias con menos de $92.000 en saldo pasarán a ser del Gobierno

El artículo fue aprobado por la Cámara de Representantes y ha causado polémica entre senadores y representantes.

Publicado:
Actualizado:
Jueves, Octubre 21, 2021 - 09:47
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Colprensa

Sí usted es de los que normalmente tiende a guardar dinero en sus cuentas bancarias, como un método de ahorro, tenga en cuenta lo que se viene. En uno de los 102 artículos que fueron aprobados por la Cámara de Representantes del proyecto de Presupuesto de la Nación, dice que si el saldo de su cuenta débito o crédito es menor a $92.000 podrá ser tomada por el Gobierno como Presupuesto a la Nación, siempre y cuando su cuenta lleve más de un año inhabilitada.

El artículo 78 que data su aval indica lo siguiente: "Todos los saldos de las cuentas de ahorros o corrientes que estén en inactividad en un tiempo prudencial igual o superior a un año, y que contengan un saldo equivalente a 322 UVR,  serán inmediatamente transferidos por las entidades bancarias a titulo mutuo de la nación, con la finalidad de las financiaciones al Presupuesto General de la Nación". Así se deja claro esta situación, para poder darle utilidad a la plata que normalmente se conserva.

Y es que, según el presupuesto diseñado por el Gobierno Nacional que será destinado para las inversiones del año 2022 oscila aproximadamente en 350 billones de pesos, lo que estimula un aumento de 5.3 % en comparación al año en curso, donde esta norma que entrará en vigencia, seguramente también hará parte del mismo. Donde su destinación será conformada así: 60% serán para cubrir los gastos de funcionamiento de la nación, 20% del dinero serán para pago de deuda, y el 20% restante para inversión nacional en diversos proyectos.

 

Sin embargo, esta decisión que ha causado todo tipo de polémica entre senadores y representantes tiene carta abierta también para que las personas que quieran hacer efectivo la devolución de este dinero, lo puedan hacer inclusive recibiendo tasas de interés, siempre y cuando tengan como comprobar que son los titulares de dichas cuentas bancarias, con sus respectivas contraseñas, y presentando sus documentos de identidad que acrediten la información suministrada.

Fuente:
Sistema Integrado Digital