Cada vez se acerca más la temporada de Navidad, una época del año perfecta para reunirse en familia y amigos para celebrar una de las festividades más importantes del mundo occidental.
Con estas celebraciones llegan los gastos, pues es común intercambiar regalos, viajar, hacer cenas navideñas para compartir o comprar adornos para el hogar. Por eso, los trabajadores colombianos suelen recibir la denominada prima de fin de año, un auxilio económico que les da solvencia y, de paso, contribuye a dinamizar la economía del país.
A los pensionados se les otorga una prestación parecida: la mesada 13, un pago adicional que funciona como una prima de fin de año.
Este pago está regulado por la Ley 100 de 1993, y tienen derecho a recibirlo todos los pensionados por vejez, invalidez o sobrevivencia, sin importar si pertenecen al régimen público (Colpensiones) o privado. Solamente están excluidas aquellas personas que no cumplieron con las semanas de cotización necesarias a pesar de tener la edad para jubilarse y, por eso, acudieron a la devolución de saldos, una figura que solo está disponible en los fondos privados.

Cuándo se debe pagar la mesada 13
Según lo establecido en el artículo 50 de la Ley 100, la mesada 13 debe ser consignada en las cuentas bancarias de los pensionados de Colombia a más tardar en la primera quincena de diciembre, generalmente junto con la mesada de noviembre.
Colpensiones confirmó que en 2025 mantendrá este cronograma, por lo que sus afiliados recibirán dos giros simultáneos durante esos meses. Los pagos se depositan en las cuentas bancarias registradas por los beneficiarios para recibir la consignación de sus mesadas pensionales.
Por otra parte, Colpensiones aclaró que algunas entidades bancarias podrían adelantar el pago para finales de noviembre, dependiendo del funcionamiento interno.
El proceso se realiza de forma automática, por lo que no es necesario que los pensionados radiquen ningún tipo de solicitud para recibir su pago. Sin embargo, se recomienda revisar los datos personales y bancarios en la Oficina Virtual de Colpensiones.
¿Cuál es el valor de la mesada 13?
El valor de la mesada 13 corresponde al 100% de la mesada pensional. Por ejemplo, si un pensionado recibe una mesada de 2 millones de pesos, ese será el valor de la consignación adicional que se le hará en diciembre.
A este pago adicional no se le aplican los descuentos por salud ni otros aportes. De esta manera, el dinero llega completo para que los pensionados puedan solventar sus gastos de fin de año con tranquilidad.

¿Qué es la prima de Navidad?
El pago de la mesada 13 se equipara a la prima de Navidad, la retribución obligatoria en Colombia que el empleador debe hacer al empleado por los beneficios económicos y sociales que obtiene.
Esta prestación se reconoce por cada año laborado o de manera proporcional si el tiempo es menor. Se paga en dos partes: la primera en junio y la segunda en los primeros 20 días de diciembre, conocida como prima de Navidad.
Tienen derecho a la prima de servicios los trabajadores con contrato laboral vigente, ya sea a término fijo, indefinido, por obra o labor, o en modalidad de teletrabajo. También la reciben quienes integran el servicio doméstico, como choferes de familia, operarios de finca y trabajadores por días. Igualmente aplica para los servidores públicos de entidades nacionales y territoriales, así como para los docentes del sector oficial.