Uno de los anhelos más grandes de millones de trabajadores colombianos es lograr la pensión por vejez, el momento en el que se obtiene el derecho a recibir una mesada pensional producto de años de trabajo y de contribuir al sistema de pensiones colombiano.
Así mismo, en Colombia también existe una pensión por invalidez, que se obtiene en caso de que la persona sufra un accidente de origen no laboral por el cual pierda el 50 % o más de su capacidad física o mental. También existe la pensión por sobrevivencia, que se otorga a los familiares del beneficiario de una pensión, en caso de que este fallezca.
Para obtener los diferentes tipos de pensión, la ley es clara en que se deben cumplir ciertos requisitos. Lo que pocos saben es que también existe una serie de circunstancias bajo las cuales el derecho a la pensión puede ser suspendido o incluso revocado.

Estas son las causas por las que se suspende o revoca la pensión
Fraude o falsificación en la obtención de pensión: El fraude es una de las principales y más graves causas de pérdida de la pensión. Si Colpensiones detecta que usted obtuvo el beneficio mediante engaño, la entidad procederá a revocarlo. Las prácticas fraudulentas incluyen:
- Adulteración de historias laborales.
- Falsificación de documentos.
- Simulación de condiciones de invalidez inexistentes.
Las consecuencias de estos actos no son solo administrativas. Quienes incurren en estas prácticas enfrentan severas repercusiones legales, que incluyen multas y penas de prisión.
Inconsistencias en la pensión de invalidez: La pensión de invalidez, otorgada a quienes pierden al menos el 50 % de su capacidad laboral, está sujeta a controles estrictos para verificar que su condición persiste. El incumplimiento de las siguientes obligaciones puede llevar a la suspensión o cancelación del beneficio:
- Incumplimiento de revisiones médicas: Usted tiene la obligación de someterse a revisiones médicas periódicas, como mínimo cada tres años. Si no asiste a estas citas, Colpensiones puede suspender temporalmente el pago. Si la ausencia se prolonga por más de 12 meses, la entidad puede declarar la prescripción y cancelar definitivamente el beneficio.
- Recuperación de la capacidad laboral: Si, como resultado de las revisiones médicas, se determina que usted ha recuperado su capacidad para trabajar, la pensión se retira de inmediato.
- Realización de actividades incompatibles: Si se comprueba que un pensionado por invalidez desempeña labores o participa en deportes que contradicen su diagnóstico de salud, Colpensiones puede iniciar un proceso de revisión. Si se concluye que la invalidez ha desaparecido, la entidad procederá a cancelar la pensión.

Cambios en la situación de la pensión de sobrevivencia: El derecho a una pensión de sobrevivientes depende de que los beneficiarios mantengan las condiciones que originaron el beneficio. El derecho se extingue en los siguientes casos:
- Hijos: Pierden el derecho al cumplir 18 años. La cobertura se extiende hasta los 25 años únicamente si están estudiando y dependen económicamente del fallecido.
- Cónyuge o compañero(a) permanente: El derecho se pierde si la persona contrae nuevas nupcias o establece una nueva unión marital de hecho. La ley exige, además, que el cónyuge o compañero permanente haya convivido con el fallecido durante los últimos dos años previos al deceso para acceder al beneficio.
- Padres o hermanos con discapacidad: La pensión se extingue si cesa la dependencia económica que tenían respecto al causante.
- Muerte del pensionado: El derecho termina si no existen beneficiarios legales que cumplan los requisitos para heredar la pensión.
Además de estas causales directamente ligadas al estatus del beneficiario, existen responsabilidades administrativas y factores externos que también pueden impactar la continuidad del pago de la mesada.