Adiós a la devolución de saldos para algunos afiliados: Asofondos explica como cambiará en 2027

Andrés Velasco, presidente de Asofondos, explicó en La FM los cambios que tendrá el sistema pensional para los afiliados que no cumplan los requisitos de pensión.
Ancianos tristes
La reforma pensional cambiará la devolución de saldos para algunos afiliados de fondos privados, quienes recibirán un auxilio mensual bajo el nuevo sistema. Crédito: Diseño de Magnific

La reforma pensional traerá cambios relevantes para los colombianos que lleguen a la edad de retiro sin cumplir las semanas necesarias para obtener una pensión. Uno de los principales puntos señalados por Andrés Velasco, presidente de Asofondos, tiene que ver con el destino de los ahorros acumulados por quienes actualmente están afiliados a fondos privados.

Durante una entrevista en La FM, Velasco explicó que el nuevo esquema modificará la forma en que algunos afiliados reciben los recursos acumulados cuando no alcanzan los requisitos para pensionarse. El cambio será especialmente relevante para quienes queden cobijados por el pilar semicontributivo de la reforma pensional.

Reforma pensional Corte
La reforma pensional establece nuevas reglas para los afiliados que no logren cumplir las semanas requeridas y queden dentro del pilar semicontributivo.Crédito: Colprensa y Corte Constitucional

¿Qué pasará con los ahorros de quienes no logren pensionarse?

Velasco puso como ejemplo el caso de una persona de 60 años, afiliada a un fondo privado, con 120 millones de pesos ahorrados y 500 semanas cotizadas. Bajo las reglas anteriores, si llegaba a la edad de pensión sin cumplir los requisitos, podía recibir una devolución de saldos, es decir, el dinero acumulado en su cuenta individual junto con los rendimientos correspondientes.

Sin embargo, según explicó el presidente de Asofondos, con la reforma esa persona entraría al pilar semicontributivo y el tratamiento de sus ahorros cambiaría.

"Antes había una devolución de saldos; antes le hubieran devuelto sus 120 millones de pesos con los intereses recibidos hasta el momento en que cumplía la edad de pensión. Ahora le van a formar un auxilio que va a representarle un giro mensual".

En el ejemplo planteado durante la entrevista, los recursos acumulados en el fondo privado serían trasladados a Colpensiones y se les adicionaría un porcentaje. Para un hombre, Velasco explicó que se sumaría un 20%, con el objetivo de conformar una bolsa que posteriormente generaría un ingreso mensual durante el resto de la vida del beneficiario.

El dirigente gremial estimó que una persona con entre 400 y 600 semanas podría recibir, dependiendo de los montos acumulados, entre 250.000 y 300.000 pesos mensuales como auxilio del pilar semicontributivo.

Velasco reconoció que este cambio genera una discusión importante sobre el valor que finalmente recibiría el afiliado frente al capital que tenía acumulado. "Ahí es donde las personas han dicho que se sienten defraudadas de la reforma 2381 porque hubieran podido recibir más, en valor presente, esas devoluciones de saldos".

¿Quiénes estarán sujetos a este nuevo esquema?

El cambio está relacionado con las personas que no cumplen las condiciones para permanecer en el régimen de transición y, por lo tanto, quedan sujetas a las nuevas reglas de la reforma pensional.

Velasco explicó que quienes estén en transición conservarán las reglas de la Ley 100. Para ello, al 31 de marzo del próximo año, las mujeres deberán contar con 750 semanas cotizadas, mientras que los hombres deberán acreditar 900 semanas.

En contraste, quienes no alcancen esos requisitos enfrentarán las nuevas disposiciones. En el caso de quienes tengan cotizaciones y ahorros insuficientes para obtener una pensión, el pilar semicontributivo reemplazará el esquema anterior de devolución de saldos cuando se trate de recursos administrados en el régimen privado.

La Corte explicó que la Ley 2381 recobró su vigencia el 25 de agosto de 2026, fecha de adopción de la sentencia.
La reforma pensional cambiará la devolución de saldos por un auxilio mensual para quienes entren al pilar semicontributivo y no logren pensionarse.Crédito: Diseñado por Magnific + www.magnific.com

El presidente de Asofondos también aclaró que las devoluciones de saldos continúan existiendo en el régimen privado bajo las reglas aplicables de la Ley 100, mientras que la indemnización sustitutiva del régimen de prima media corresponde a las cotizaciones corregidas por inflación.

El cambio, por tanto, representa una modificación sustancial para determinados afiliados: en lugar de recibir de una sola vez el capital acumulado en su cuenta individual, podrán recibir un auxilio mensual durante su vida, bajo las condiciones establecidas por el nuevo sistema.

Bloque de preguntas y respuestas

¿Qué pasará con la devolución de saldos en los fondos privados con la reforma pensional?

Las personas que queden en el pilar semicontributivo ya no recibirán los ahorros acumulados mediante una devolución de saldos. En su lugar, esos recursos servirán para calcular un auxilio mensual.

¿Cuánto recibirán quienes entren al pilar semicontributivo?

El monto dependerá de las semanas cotizadas y del ahorro acumulado. Según el ejemplo explicado por Asofondos, un hombre con entre 400 y 600 semanas podría recibir aproximadamente entre $250.000 y $300.000 mensuales.

¿Quiénes quedan en el régimen de transición de la reforma pensional?

Al 31 de marzo del próximo año, las mujeres deberán tener al menos 750 semanas cotizadas y los hombres 900 semanas para quedar en la transición y conservar las reglas de la Ley 100.

¿Qué ocurre con los ahorros pensionales de quienes tienen menos semanas?

Para quienes ingresen al pilar semicontributivo, los ahorros acumulados en el fondo privado se incorporarán al nuevo esquema y servirán para generar un ingreso mensual durante la vida del beneficiario.


Reforma pensional

Reforma pensional: la fecha límite que deben tener en cuenta quienes buscan quedar en transición

Uno de los puntos es el número de semanas cotizadas, mientras que el otro se debe a la fecha que se toma como referencia para verificar el cumplimiento de los requisitos.
De acuerdo con el artículo 75 de la Ley 2381 de 2024, las mujeres que cuenten con 750 semanas cotizadas y los hombres que acrediten 900 semanas pueden acceder al régimen de transición previsto por la reforma.



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