Vehículos de tracción animal quedan prohibidos en el país

La idea es que en ninguna ciudad del país se permita que carretas, carruajes, zorras o cualquier elemento sea halado por animales.
Bogotá
Crédito: Alcaldía de Bogotá

La plenaria del Senado aprobó en último debate un proyecto de ley que promueve la sustitución gradual de los vehículos de tracción animal en todo el territorio nacional.

La idea es que en un periodo de cinco años, en ninguna ciudad del país se permita que carretas, carruajes, zorras o cualquier elemento sea halado por caballos, mulas u otro tipo de animales.

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El propósito es reducir de forma progresiva esta práctica y ayudar a las personas que viven de actividades relacionadas con la misma, a que sustituyan esta clase de vehículos por otros automotores. Para ello, la ley ordena realizar un censo en todo el país para establecer cuántas personas dependen de esta actividad.

La senadora ponente Ana María Castañeda, explicó que “este proyecto contempla entregar vehículos que serán sustituidos, también pueden ser unidades productivas entregadas a los beneficiarios, producto de la sustitución de este tipo de vehículos de tracción animal”.

“Asimismo, hay un plan de acción que tienen que llevar a cabo las alcaldías municipales y distritales, que tendrán que formular un protocolo que contemple todas las etapas del proceso”, añadió.

Dijo que quienes dependen económicamente de este tipo de actividades, estarán protegidos. “Todo está contemplado para que las personas que derivan su sustento de este tipo de vehículos, queden amparados; tengan la total tranquilidad que esto es lo que contempla el proyecto y por supuesto que se puedan dar las medidas como la ley lo indica”, manifestó.

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El proyecto plantea algunas excepciones para los vehículos que están destinados a actividades turísticas, agrícolas, pecuarias y deportivas, sobre las cuales no aplicará la prohibición. Esto quiere decir que por ejemplo los famosos ‘cocheros’ en la ciudad de Cartagena podrán seguir funcionando.

Según lo aprobado, los gobiernos departamentales y municipales tendrán un periodo de cinco años para reemplazar los vehículos de tracción animal por otro tipo de vehículos automotores.

Después de este plazo, quedará prohibida la circulación de los mismos y podrán ser objeto de incautación.


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