¿Qué es un derecho de petición y cuándo lo puede realizar?

Esta petición puede ir dirigida a las entidades públicas, empresas privadas, organizaciones o asociaciones.
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¿Qué es un derecho de petición y cuando lo puedo realizar? Crédito: Foto referencia Ingimage

En el año 1991 entro en vigencia la nueva Constitución Política de Colombia, a partir de este momento, los ciudadanos tienen a su disposición diferentes herramientas para poder quejarse e interponer solicitudes frente a las diferentes instituciones.

El derecho de petición fue establecido en el artículo 23 de la actual Carta Magna y ratificado en la Ley 1755 de 2015. Este es la facultad que tiene toda persona para presentar una solicitud de forma respetuosa ante las diferentes entidades públicas y privadas del país, ya sea de forma general o particular.

El derecho de petición puede ser presentado cuando un ciudadano necesite:

  • Solicitar información, documento o copias.
  • Pedir que se preste un servicio.
  • Pedir o reclamar sobre un servicio recibido.
  • Quejarse por el funcionario o servidor público que lo atendió.
  • Sugerir una mejor calidad en el servicio.

Esta petición puede ir dirigida a las entidades públicas, empresas privadas, organizaciones o asociaciones. También puede ser dirigida a una persona natural, si esta tiene algún cargo mayor al suyo, es decir se puede hacer una petición al jefe.

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Para las personas quienes quieran realizar un derecho de petición, pueden asesorarse de algunas entidades públicas y privadas como lo pueden ser:

  • La Defensoría del Pueblo.
  • La Procuraduría General de la Nación.
  • Las personerías distritales y municipales.
  • Los consultorios jurídicos de las universidades

Para realizar este procedimiento se debe realizar una carta e incluir la siguiente información:

  • La entidad a la que se va a dirigir la petición.
  • Nombre y número de documento de la persona que presenta la petición.
  • Una explicación clara con la solicitud o lo que se necesita.
  • Los motivos o razones por los que se realiza la petición.
  • Datos como correo electrónico o dirección para recibir una respuesta.

Cabe resaltar, que cuando se realiza una petición, la persona que la recibe debe indicarle que ya están todos los documentos necesarios, de no ser así, el funcionario deberá indicarle que le hace falta e indicarle el tiempo necesario para entregarlo.

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Las entidades tienen un tiempo estipulado para dar respuesta a estas solicitudes, según el Ministerio de Justicia, los tiempos son los siguientes:

  • 5 días hábiles: Si lo que usted solicita no es competencia o función de la entidad, en este plazo se le informará el traslado de la petición a la entidad que corresponda.
  • 10 días hábiles: Si solicita información pública, documentos o copias de documentos.
  • 15 días hábiles: Durante este tiempo se deben responder las solicitudes de interés general, quejas, reclamos o sugerencias.
  • 30 días hábiles: Este es el tiempo estipulado para responder a temas jurídicos, responder consultas y temas relacionados con tareas a cargo de la entidad.

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